11/27/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 348-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao DS 348-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), modificada por el artículo 1 de la Ley Nº 30945, autoriza,
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao
DS 348-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), modificada por el artículo 1 de la Ley Nº 30945, autoriza, excepcionalmente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año fiscal 2019, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), hasta por el monto de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar los gastos de implementación y equipamiento para el normal funcionamiento de dicha entidad; precisándose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último;

Que, con Memorando Nº 2084-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe Nº 485-2019-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), destinados a financiar los gastos de implementación y equipamiento para el normal funcionamiento de dicha entidad; asimismo, indican que se cuenta con los recursos en el presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2019, en la Unidad Ejecutora 001:


Administración General, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en virtud del cual, con Oficio Nº 2695-2019-MTC/04, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 9 052 098,00 (NUEVE MILLONES CINCUENTA Y DOS

MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), con cargo
a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, para financiar los gastos de implementación y equipamiento para el normal funcionamiento de dicha entidad;

De conformidad con lo establecido en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), modificada por el artículo 1 de la Ley Nº 30945;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 9 052 098,00 (NUEVE MILLONES
CINCUENTA Y DOS MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100
SOLES), del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), para financiar los gastos de implementación y equipamiento para el normal funcionamiento de dicha entidad, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORIA
PRESUPUESTAL 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 9 052 098,00
------------------- TOTAL EGRESOS 9 052 098,00
=============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 203 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao-ATU
UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao-ATU
CATEGORIA
PRESUPUESTAL 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 70 000,00
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 446 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 120 600,00
ACTIVIDAD 5000004 : Asesoramiento Técnico y Jurídico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 139 000,00
CATEGORIA
PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5001112 : Promoción y Regulación del Servicio de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 8 165 788,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 110 710,00
--------------- TOTAL EGRESOS 9 052 098,00
============
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a la Unidad Ejecutora a elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente dispositivo legal.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 348-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 348-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-27
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-28

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