11/12/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0563-2016-MINAGRI Modifican el T exto Único de Procedimientos

Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0563-2016-MINAGRI Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 1084-2016-ANA-SG/OAJ, de la Autoridad Nacional del Agua, sobre modificación de procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Nacional del Agua; y, CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 012-2010-AG se aprobó el Texto Único de Procedimientos
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0563-2016-MINAGRI
Lima, 10 de noviembre de 2016
VISTO:

El Oficio Nº 1084-2016-ANA-SG/OAJ, de la Autoridad Nacional del Agua, sobre modificación de procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Nacional del Agua; y,
CONSIDERANDO:

Que, con Decreto Supremo Nº 012-2010-AG se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 0186-2015-MINAGRI y 0126-2016-MINAGRI;

Que, el objetivo general de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país;

Que, el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial;
asimismo, el numeral 38.5 del artículo 38 de la mencionada Ley, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos 604022 NORMAS LEGALES
Sábado 12 de noviembre de 2016 / El Peruano procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, la Metodología de Simplificación Administrativa, aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, aprueba y establece las disposiciones a las entidades públicas para la eliminación y simplificación de procedimientos administrativos utilizando un modelo estandarizado bajo un enfoque integral;

Que, mediante Informe Nº 185-2016-ANA-OPP/UP e Informe Legal Nº 1617-2016-ANA-OAJ, de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y, de Asesoría Jurídica, respectivamente, de la Autoridad Nacional del Agua, se señalan las consideraciones técnicas y legales para la modificación de sus procedimientos administrativos contenidos en el TUPA del referido Organismo Público;

Que, a través del Informe Nº 089-2016-MINAGRI-ODOM/OGPP, de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización, remitido con el Memorando Nº 1276-2016-MINAGRI-OGPP/ODOM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, se emite conformidad a la propuesta de modificación del TUPA de la Autoridad Nacional del Agua;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Eliminar los procedimientos administrativos contenidos en los numerales 17 Otorgamiento de licencia de uso de agua provisional; y, 19 Autorización de ejecución de estudios de presas integrantes de la infraestructura hidráulica mayor de carácter multisectorial, del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2010-AG, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 0186-2015-MINAGRI y 0126-2016-MINAGRI.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en los Portales Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego

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