3/09/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 199-2018/MINSA Aprueban la actualización de los Planes de Equipamiento de

Aprueban la actualización de los Planes de Equipamiento de los Establecimientos de Salud de los Gobiernos Regionales y de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 199-2018/MINSA Lima, 8 de marzo del 2018 Visto, el Expediente Nº 17-128404-003, que contiene los Memorándums Nºs 0398 y 0376-2018-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y los Memorándums Nºs 411 y 0392-2018-DGOS/MINSA e Informe Técnico Nº 001-2018-UPP-DIEM-DGOS/MINSA, emitidos por la Dirección
Aprueban la actualización de los Planes de Equipamiento de los Establecimientos de Salud de los Gobiernos Regionales y de Lima Metropolitana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 199-2018/MINSA
Lima, 8 de marzo del 2018
Visto, el Expediente Nº 17-128404-003, que contiene los Memorándums Nºs 0398 y 0376-2018-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y los Memorándums Nºs 411 y 0392-2018-DGOS/MINSA e Informe Técnico Nº 001-2018-UPP-DIEM-DGOS/MINSA, emitidos por la Dirección General de Operaciones en Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste se constituye como la autoridad de Salud a nivel nacional, y según establece la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en salud; siendo competente asimismo, entre otros aspectos, en infraestructura y equipamiento en salud;

Que, en el artículo 22 de la Ley Nº 30693, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestales en el nivel institucional, hasta por el monto de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de sus organismos públicos y de los Gobiernos Regionales para la reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales:

Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH/SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Control y Prevención en Salud Mental y Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias de Salud en Personas con Discapacidad; así como la reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico orientados a la atención del recién nacido con complicaciones y de recién nacidos que requieren de Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) en el marco del programa presupuestal Salud Materno Neonatal;

Que, para tal efecto, precisa que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a solicitud de este último, a más tardar el 21 de marzo de 2018.

Para la aprobación de las modificaciones presupuestarias autorizadas por el presente artículo, el Ministerio de Salud debe aprobar previamente un Plan de Equipamiento de los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional coordinado con los Gobiernos Regionales, y realizar la verificación del módulo patrimonial del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), para la reposición y cierre de brechas de equipamiento biomédico;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 183-2017/ MINSA de fecha 21 de marzo de 2017, se aprobó el Documento Técnico denominado Plan de Equipamiento de Establecimientos de Salud de Lima Metropolitana;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 184-2017/ MINSA de fecha 21 de marzo de 2017, se aprobó la actualización de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud correspondiente a veinte y cinco (25) Planes Regionales de Equipamiento de Establecimientos de Salud;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 148-2013/MINSA de fecha 22 marzo de 2013 se aprobó el Documento Técnico "Lineamientos para la Elaboración de Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud en áreas relacionadas a programas presupuestales", de aplicación a los establecimientos de salud del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, disponiéndose que la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud deberá brindar asistencia y/o asesoramiento técnica especializado en aspectos de los Planes presentados por los citados Gobiernos Regionales ante el Ministerio de Salud, en marco de lo dispuesto en el mencionado Documento Técnico;

Que, con los Memorándums de Visto, la Dirección General de Operaciones en Salud, señala que las Gerencias Regionales de Salud (GERESAS) y las Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS), así como las Unidades Ejecutoras de Lima Metropolitana han cumplido con presentar sus necesidades de equipamiento para el año 2018, para los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Control y Prevención en Salud Mental y Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias de Salud en Personas con Discapacidad;
siendo revisado y validado las priorizaciones del Plan de Equipamiento de los Establecimientos de Salud de los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana, de acuerdo a lo señalado en el artículo 22 de la Ley Nº 30693;

Que, asimismo, la citada Dirección General acompaña la priorización de la actualización del Plan de Equipamiento de Establecimientos de Salud de los Gobiernos Regionales y de Lima Metropolitana, precisando que la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento supervisará y realizará el seguimiento para el correcto cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Equipamiento antes acotado;

Que, mediante Memorándums de Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de órgano técnico, señala que ha revisado el presupuesto institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, verificando la disponibilidad presupuestal en el presente año fiscal 2018, por lo que recomienda continuar con la aprobación de los referidos Planes;

Que, estando a lo informado por la Dirección General de Operaciones en Salud, así como por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Actualización de los Planes de Equipamiento de los Establecimientos de Salud de los Gobiernos Regionales que se detallan en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 2.- Aprobar la Actualización de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud de Lima Metropolitana que se detallan en el Anexo 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 3.- La Dirección General de Operaciones en Salud, a través de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, proporcionará la asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia a los Gobiernos Regionales y Unidades Ejecutoras de Lima Metropolitana para la correcta ejecución de los Planes aprobados mediante la presente Resolución Ministerial, informando periódicamente de los avances.

Artículo 4.- La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizará las acciones pertinentes para proceder a la transferencia presupuestal con sujeción a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Transparencia del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS
Ministro de Salud
ANEXO 1
1 Pliego 440 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
2 Pliego 441 GOBIERNO REGIONAL ANCASH
3 Pliego 402 GOBIERNO REGIONAL APURÍMAC
4 Pliego 443 GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA
5 Pliego 444 GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO
6 Pliego 445 GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA
7 Pliego 446 GOBIERNO REGIONAL CUSCO
8 Pliego 447 GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA
9 Pliego 448 GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO
10 Pliego 449 GOBIERNO REGIONAL ICA
11 Pliego 450 GOBIERNO REGIONAL JUNÍN
12 Pliego 451 GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
13 Pliego 452 GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE
14 Pliego 453 GOBIERNO REGIONAL LORETO
15 Pliego 454 GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS
16 Pliego 455 GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
17 Pliego 456 GOBIERNO REGIONAL PASCO
18 Pliego 457 GOBIERNO REGIONAL PIURA
19 Pliego 458 GOBIERNO REGIONAL PUNO
20 Pliego 459 GOBIERNO REGIONAL SAN MARTÍN
21 Pliego 460 GOBIERNO REGIONAL TACNA
22 Pliego 461 GOBIERNO REGIONAL TUMBES
23 Pliego 462 GOBIERNO REGIONAL UCAYALI
24 Pliego 463 GOBIERNO REGIONAL LIMA
25 Pliego 464 GOBIERNO REGIONAL CALLAO
ANEXO 2
1 UNIDAD EJECUTORA 005. INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
MENTAL
2 UNIDAD EJECUTORA 007. INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS
NEUROLOGICAS
3 UNIDAD EJECUTORA 008. INSTITUTO NACIONAL DE
OFTALMOLOGIA
4 UNIDAD EJECUTORA 009. INSTITUTO NACIONAL DE
REHABILITACION
5 UNIDAD EJECUTORA 010. INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL
NIÑO
6 UNIDAD EJECUTORA 011. INSTITUTO NACIONAL MATERNO
PERINATAL
7 UNIDAD EJECUTORA 016. HOSPITAL NACIONAL HIPOLITO UNANUE
8 UNIDAD EJECUTORA 017. HOSPITAL HERMILIO VALDIZAN
9 UNIDAD EJECUTORA 020. HOSPITAL SERGIO BERNALES
10 UNIDAD EJECUTORA 021. HOSPITAL CAYETANO HEREDIA
11 UNIDAD EJECUTORA 025. HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL
MARIA AUXILIADORA
12 UNIDAD EJECUTORA 027. HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO
LOAYZA
13 UNIDAD EJECUTORA 028. HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO
14 UNIDAD EJECUTORA 029. HOSPITAL DE APOYO SANTA ROSA
15 UNIDAD EJECUTORA 030. HOSPITAL DE EMERGENCIAS CASIMIRO
ULLOA
16 UNIDAD EJECUTORA 031. HOSPITAL DE EMERGENCIAS
PEDIATRICAS
17 UNIDAD EJECUTORA 032. HOSPITAL NACIONAL VICTOR LARCO
HERRERA
18 UNIDAD EJECUTORA 033. HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE
NIÑO - SAN BARTOLOME
19 UNIDAD EJECUTORA 036. HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZ
20 UNIDAD EJECUTORA 042. HOSPITAL "JOSE AGURTO TELLO DE
CHOSICA"
21 UNIDAD EJECUTORA 043 RED. DE SALUD SAN JUAN DE
LURIGANCHO
22 UNIDAD EJECUTORA 044. RED. DE SALUD RIMAC - SAN MARTIN
DE PORRES - LOS OLIVOS
23 UNIDAD EJECUTORA 045. RED. DE SALUD TUPAC AMARU
24 UNIDAD EJECUTORA 046. RED. DE SERVICIOS DE SALUD "
BARRANCO-CHORRILLOS-SURCO"
25 UNIDAD EJECUTORA 047. RED. DE SERVICIOS DE SALUD "SAN
JUAN DE MIRAFLORES-VILLA MARIA DEL
TRIUNFO"
26 UNIDAD EJECUTORA 048. RED. DE SERVICIOS DE SALUD "VILLA
EL SALVADOR - LURIN -PACHACAMAC-PUCUSANA"
27 UNIDAD EJECUTORA 049. HOSPITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO
28 UNIDAD EJECUTORA 050. HOSPITAL VITARTE
29 UNIDAD EJECUTORA 053. RED DE SALUD LIMA CIUDAD
30 UNIDAD EJECUTORA 139. INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL
NIÑO - SAN BORJA
31 UNIDAD EJECUTORA 140. HOSPITAL DE HUAYCAN
32 UNIDAD EJECUTORA 141. RED DE SALUD LIMA NORTE IV
33 UNIDAD EJECUTORA 147. RED DE SALUD LIMA ESTE
METROPOLITANA

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