12/08/2018

Transferencia Financiera Favor Entidad Prestadora RM Vivienda Construccion y Saneamiento

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS TACNA S.A. RM 414-2018-VIVIENDA Lima, 7 de diciembre del 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio, tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS TACNA S.A.
RM 414-2018-VIVIENDA
Lima, 7 de diciembre del 2018

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
establece que el Ministerio, tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO
MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES
QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y OCHO Y
00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda Fuente de Financiamiento;


Que, el inciso v), del literal a), del párrafo 15.1 del artículo 15, de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional, en el presente Año Fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento;
las mismas que, según el párrafo 15.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la que será publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, asimismo, el párrafo 15.3 del artículo 15 de la antes citada Ley, establece que, la entidad pública que transfiere, con excepción del literal f.5 del párrafo 15.1 del presente artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;


Que, con fecha 27 de noviembre del 2018, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS TACNA
S.A., suscribieron el Convenio Nº 67-2018-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, con el objeto de establecer el compromiso del PNSU en brindar asistencia financiera para el apoyo a la población de la localidad de Morro Sama, del Distrito de Sama, Provincia y Región de Tacna, a través del servicio de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna;

Que, mediante Memorándum Nº 1394-2018-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del PNSU, solicita gestionar la autorización de la transferencia financiera a favor de la EPS TACNA S.A., por el importe de CIENTO
SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100
SOLES (S/ 162 540,00), en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, destinado al financiamiento del servicio de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna, a favor de la población de la localidad de Morro Sama, distrito de Sama, provincia y región de Tacna; en el marco del inciso v), del literal a), del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, precisándose que las transferencias financieras serán atendidas, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004.

Programa Nacional de Saneamiento Urbano.

Que, por Memorándum Nº 2760-2018-VIVIENDA/ OGPP de fecha 30 de noviembre de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 352-2018-VIVIENDA/OGPP-OP, de la Oficina de Presupuesto, en el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autorice una Transferencia Financiera del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004.

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001 Acciones Comunes, Actividad 5.001777. Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5. Gastos Corrientes y Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias;

Que, en consecuencia, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), párrafo 15.1 del artículo 15, de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, resulta necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y
DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES (S/ 162 540,00), en la fuente de financiamiento 1.

Recursos Ordinarios, a favor de la EPS TACNA S.A., destinado al financiamiento del servicio de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna, a favor de la población de la localidad de Morro Sama, distrito de Sama, provincia y región de Tacna, para lo cual, se ha suscrito el convenio de financiamiento correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037.

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CIENTO
SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100
SOLES (S/ 162 540,00) en la fuente de financiamiento 1.

Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS TACNA S.A., destinado al financiamiento del servicio de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna, a favor de la población de la localidad de Morro Sama, distrito de Sama, provincia y región de Tacna.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001. Acciones Comunes, Actividad 5.001777.

Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5. Gastos Corrientes y Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual, se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 5.- Información La Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS TACNA S.A informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento los avances físicos y financieros de los recursos transferidos, en el marco del convenio suscrito por las partes.

Artículo 6.- Publicación y Difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y su difusión
en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER PIQUÉ DEL POZO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 414-2018-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS TACNA S.A.
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 414-2018-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-12-08
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-09

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