11/30/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 668-2017-MINEDU Aprueban Calendario de Progresividad para la entrada en

Aprueban Calendario de Progresividad para la entrada en vigencia del Capítulo V: "De la gestión de las entradas", del Reglamento de la Ley Nº 30037, aprobado por D.S. Nº 007-2016-IN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 668-2017-MINEDU Lima, 29 de noviembre de 2017 VISTOS, el Expediente 2017-0022140, que contiene el Oficio Nº 520-2017-IPD/P del Presidente del Instituto Peruano del Deporte, el Informe Nº 008-2017-IPD/OPP de la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte, el Informe Nº
Aprueban Calendario de Progresividad para la entrada en vigencia del Capítulo V: "De la gestión de las entradas", del Reglamento de la Ley Nº 30037, aprobado por D.S. Nº 007-2016-IN
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 668-2017-MINEDU
Lima, 29 de noviembre de 2017
VISTOS, el Expediente 2017-0022140, que contiene el Oficio Nº 520-2017-IPD/P del Presidente del Instituto Peruano del Deporte, el Informe Nº 008-2017-IPD/OPP de la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte, el Informe Nº 447-2017-IPD/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte, el Memorando Nº 558-2017-IPD/DISEDE-01 de la Dirección de Seguridad Deportiva, y el Informe Nº 669-2017-MINEDU/SG-OGAJ; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, tiene por objeto prevenir y, en su caso, sancionar la violencia que se produzca con ocasión de los espectáculos deportivos, para cuyo efecto regula la conducta de los diversos actores que intervienen en el desarrollo de esta actividad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-IN, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, cuyo artículo 2, dispuso que dicho Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, con excepción de los artículos contenidos en el Capítulo: V "De la Gestión de las Entradas", el cual entrará en vigencia a nivel nacional conforme al calendario de progresividad que se aprobará mediante Resolución Ministerial del Titular del Ministerio de Educación, a propuesta del Instituto Peruano del Deporte - IPD, teniendo como plazo máximo el 01 de enero de 2018;

Que, con Informe Nº 008-2017-IPD/OPP la Oficina de Presupuesto y Planificación del IPD señala que las disposiciones contenidas en el Capítulo V "De la Gestión de las Entradas" son de simple implementación y de aplicación en todos los recintos deportivos a nivel nacional, de propiedad privada, gobiernos regionales y locales y del IPD; por lo que, su ejecución es visiblemente factible y no demanda recursos presupuestales a la entidad;

Que, con Memorándum Nº 558-2017-IPD/DISEDE-01 la Dirección de Seguridad Deportiva del IPD sustenta la necesidad de aprobar el Calendario de Progresividad de la entrada en vigencia del Capítulo V: "De la Gestión de las Entradas", señalando que el mismo permitirá que toda entidad pública y los organizadores de los espectáculos deportivos adopten las medidas o mecanismos de seguridad en los recintos deportivos;

Que, con Informe Nº 447-2017-IPD/OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica del IPD señala que resulta viable aprobar el calendario de progresividad para la implementación de los artículos contenidos en el Capítulo V: "De la Gestión de Entradas" del Reglamento de la Ley Nº 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-IN, lo cual permitirá un mejor y eficiente control al ingreso de los espectadores en los recintos deportivos;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Calendario de Progresividad de la entrada en vigencia del Capítulo V: "De la Gestión de las Entradas" del Reglamento de la Ley Nº 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-IN;

Con el visado de la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los espectáculos deportivos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-IN; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Calendario de Progresividad Apruébese el Calendario de Progresividad para la entrada en vigencia del Capítulo V: "De la gestión de las entradas", del Reglamento de la Ley Nº 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los espectáculos deportivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-IN, el mismo que como anexo, forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídico de Educación (SIJE), ubicado en el portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IDEL VEXLER T.

Ministro de Educación

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