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RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 158-2017-SERNANP Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en

Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 158-2017-SERNANP Lima, 23 de junio de 2017 VISTO: El Memorándum Nº 939-2017-SERNANP-OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 245-2017-SERNANP-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, se aprobó el Presupuesto para
Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el Año Fiscal 2017
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 158-2017-SERNANP
Lima, 23 de junio de 2017
VISTO:

El Memorándum Nº 939-2017-SERNANP-OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 245-2017-SERNANP-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30518, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al año fiscal 2017;

Que, por Resolución Presidencial Nº 330-2016-SERNANP, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, para el año fiscal 2017;

Que, el 03 de julio de 2014 se suscribió el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y Rio Tinto Minera Perú Limitada (RTMP)
S.A.C., con el objetivo de fomentar la cooperación interinstitucional entre las partes, orientada a explorar oportunidades de apoyo empresarial a la conservación de Áreas Naturales Protegidas;

Que, en el numeral 2.1 de la Cláusula Segunda de la cuarta adenda al Convenio precitado, se aprobó el Plan de Trabajo 2017, el mismo que se encuentra como anexo A, el cual comprende las actividades a desarrollar, estrategias y mecanismos de cooperación a implementarse entre el SERNANP y RTMP, priorizando aquellas a realizarse en el Bosque de Protección Pagaibamba;

Que, a su vez, el numeral 2.2 de la Cláusula Segunda de la cuarta adenda al Convenio Marco, considera que Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. colaborará con el financiamiento para la ejecución de dicho plan de trabajo, vía donación, que asciende a US$ 36 000,00
Dólares Americanos, los cuales serán desembolsados de la siguiente manera: el primer desembolso será por un monto de US$ 10 800,00 Dólares Americanos, el segundo desembolso por un monto de US$ 14 400,00
Dólares Americanos y el tercer desembolso será por el monto de US$ 10 800,00 Dólares Americanos;

Que, con Resolución Presidencial Nº 53-2017-SERNANP, de fecha 23 de febrero de 2017, se aceptó la donación dineraria ascendente a US$
36 000,00 Dólares Americanos; así como también, se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el presupuesto institucional del SERNANP para el año fiscal 2017 hasta por la suma de S/ 36 757,00 por la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias, correspondiente al primer desembolso efectuado en el marco del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.;

Que, con Resolución Presidencial Nº 98-2017-SERNANP, de fecha 17 de abril de 2017, se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el presupuesto institucional del SERNANP para el año fiscal 2017 hasta por la suma de S/ 49 010,00 por la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias, correspondiente al segundo desembolso efectuado en el marco de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.;

Que, en el marco del inciso 3, del numeral 2.2 de la Cláusula Segunda de la cuarta adenda al Convenio Marco; Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C., realizó el tercer desembolso (US$ 10 800,00 Dólares Americanos) a la cuenta corriente de donaciones y trasferencias del SERNANP, que convertido a moneda nacional del Perú, ascendió a un monto de S/ 36
757,50 Soles, de conformidad con lo comunicado por la Oficina de Administración en el Memorándum Nº 939-2017-SERNANP-OA;

Que, el Plan Operativo Institucional del Bosque de Protección Pagaibamba, a través del Formulario Nº 3
evidencia la programación financiera de gastos, por el monto de S/ 36 757,00 Soles provenientes del tercer desembolso de donaciones, necesarios para financiar las actividades a desarrollarse en la citada Área Natural Protegida, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.;

Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que:
"Las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de (...) las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal", concordante con el inciso ii) del numeral 19.2, del artículo 19 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada con Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01;

Que, asimismo el artículo 69º el T exto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que: "Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos.

Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad";

Que, mediante Informe Nº 245-2017-SERNANP-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera técnicamente factible la incorporación de recursos presupuestarios al presupuesto institucional del pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP para el año fiscal 2017, por el monto de S/ 36 757,00 Soles, en la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, provenientes del tercer desembolso de donaciones
dinerarias en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.;

Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de Treinta y seis mil setecientos cincuenta y siete y 00/100 Soles (S/ 36 757,00), por la Fuente de Financiamiento 4:

Donaciones y Transferencias, de acuerdo al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Codificación La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

Artículo 3º.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4º.- Presentación de la Resolución Remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

Artículo 5º.- Presentación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese y comuníquese.

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe
ANEXO DE LA RP Nº 158-2017-SERNANP
PROCESO PRESUPUEST2017
PLIEGO 050: SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
INCORPORACIÓN DE MAYORES FONDOS PÚBLICOS
SERNANP (EN SOLES)
SECCIÓN : PRIMERA GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO : 050 SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
INGRESOS
1.5 : Otros Ingresos 1.5.4 : Transferencias voluntarias distintas a donaciones 1.5.4.1 : Transferencias voluntarias corrientes distintas a donaciones 1.5.4.1.1 : Transferencias voluntarias corrientes distintas a donaciones 1.5.4.1.1.1 : Transferencias voluntarias corrientes de personas jurídicas 36,757.00
TOTAL INGRESOS 36,757.00
EGRESOS
Unidad Ejecutora Categoría Presupuestal Producto ACTIVIDAD
GENÉRICA DE GASTO
TOTAL
23: Bienes y Servicios
TOTAL GASTO
CORRIENTE
001 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
0057 CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA Y APROVECHAMIENTO
SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES EN ÁREA NATURAL PROTEGIDA
30,107.00 30,107.00 30,107.00
3000001 ACCIONES COMUNES 5,140.00 5,140.00 5,140.00
5000276 GESTIÓN DEL PROGRAMA 5,140.00 5,140.00 5,140.00
3000507 RESTAURACIÓN DE ÁREAS DEGRADADAS 24,967.00
24,967.00 24,967.00
5004120 REFORESTACIÓN Y OTRAS ESTRATEGIAS PARA LA
RESTAURACIÓN DE ÁMBITOS DEGRADADOS EN ANP
24,967.00 24,967.00 24,967.00
9002 APNOP 6,650.00 6,650.00 6,650.00
3999999 SIN PRODUCTO 6,650.00 6,650.00 6,650.00
5000276 GESTIÓN DEL PROGRAMA 6,650.00 6,650.00 6,650.00
TOTAL EGRESOS 36,757.00 36,757.00 36,757.00

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