2/08/2013

Decreto Supremo N° 001-2013-ED Declaran de interés nacional la organización de los I Juegos Sudamericanos

Declaran de interés nacional la organización de los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013 EDUCACION DECRETO SUPREMO N° 001-2013-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Asamblea General de la Organización Deportiva Sudamericana (ODESUR), realizada el día 25 de mayo de 2012, en la ciudad de Santiago, Chile, creó los Juegos Sudamericanos de la Juventud dirigido a atletas entre los 14 y 17 años de edad, el mismo que contará con 17 disciplinas deportivas; Que, en Asamblea
Declaran de interés nacional la organización de los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013

EDUCACION
DECRETO SUPREMO N° 001-2013-ED


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Asamblea General de la Organización Deportiva Sudamericana (ODESUR), realizada el día 25 de mayo de 2012, en la ciudad de Santiago, Chile, creó los Juegos Sudamericanos de la Juventud dirigido a atletas entre los 14 y 17 años de edad, el mismo que contará con 17 disciplinas deportivas;

Que, en Asamblea Extraordinaria de ODESUR, celebrada el 06 de agosto de 2012, se designó al Perú como sede de los I Juegos Sudamericanos de la Juventud a realizarse en la ciudad de Lima del 18 al 29 de setiembre de 2013;

Que, el Gobierno Nacional, a través del Instituto Peruano del Deporte - IPD, promueve el desarrollo del deporte en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, incluyendo el apoyo a la participación de los representativos nacionales en las diversas competencias nacionales e internacionales, tales como las competencias del circuito olímpico conformado por los Juegos Bolivarianos, Juegos Sudamericanos, Juegos Panamericanos y Juegos Olímpicos;
conforme a lo previsto en el artículo 25 del Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM;

Que, las diversas participaciones individuales o colectivas de atletas peruanos en el deporte afiliado o federado, se realizan conforme al circuito olímpico internacional, siendo que el Comité Olímpico Peruano – COP integra el Sistema Deportivo Nacional – SISDEN, conforme al artículo 6 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modificado por la Ley N° 29544;

Que, el COP es el órgano responsable de fomentar, proteger y desarrollar el movimiento olímpico y los deportes calificados como tales, así como ejercer representación exclusiva ante las autoridades olímpicas internacionales;

Que, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor del Instituto Peruano del Deporte y otras instituciones, para la realización de los XVII Juegos Bolivarianos 2013 y los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013;

Que es importante resaltar que la realización de los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013 permitirán que nuestros deportistas jóvenes adquieran mayores experiencias y destrezas para el desarrollo de su actividad deportiva, así como para afrontar otras competencias internacionales;

Que, en consecuencia, resulta necesario adoptar las acciones necesarias para que el referido evento deportivo se desarrolle con el más amplio apoyo del sector público y privado, para lo cual resulta conveniente declararlo de Interés Nacional, atendiendo a los enormes beneficios que su realización generará para el país y la sociedad peruana en su conjunto;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en el numeral 3) del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2004-PCM;

DECRETA:

Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárese de Interés Nacional la organización de los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013, a realizarse en la ciudad de Lima.

Artículo 2.- Del Comité Organizador Reconocer al Comité Organizador de los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013, el mismo que se encuentra conformado por:
a) El Presidente del Comité Olímpico Peruano, quien lo preside b) Un representante del Ministerio de Educación, quien actúa como Primer Vicepresidente.
c) Un representante del Instituto Peruano del Deporte, quien actúa como Segundo Vicepresidente.
d) Un representante del Congreso de la República, quien actúa como tercer Vicepresidente.
e) Un miembro del Comité Olímpico Internacional, quien actúa como Vocal f) Un representante del Gobierno Regional del Callao, quien actúa como Vocal g) Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima, quien actúa como Vocal.

Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de febrero del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación

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