2/18/2026
Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 025-2026-MINEDU Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua RV 025-2026-MINEDU Lima, 17 de febrero de 2026 VISTOS, el Oficio Nº 00425-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00093-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00241-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediant…
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua
RV 025-2026-MINEDU
Lima, 17 de febrero de 2026
VISTOS, el Oficio Nº 00425-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00093-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00241-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, de acuerdo a los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia, respectivamente;
Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece que la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU) tiene la función de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación;
Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene la función de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y modificatorias (en adelante, el Documento Normativo), dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señalan que, en el caso del Presidente de la comisión organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizada su designación; y, en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la DICOPRO del MINEDU, como máximo a los treinta (30)
días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente;
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 144-2024-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNIFSLB, designando al señor JOSE
OCTAVIO RUIZ TEJADA, como Presidente; al señor DULIO OSEDA GAGO, como Vicepresidente Académico;
y al señor TIBURCIO RUFINO SOLANO LEON, como Vicepresidente de Investigación;
Que, con la Resolución Viceministerial Nº 152-2024-MINEDU se deja sin efecto la designación del Vicepresidente Académico de la UNIFSLB, dispuesta en el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 144-2024-MINEDU y se designa en dicho cargo al señor
JUAN MANUEL ANTON PEREZ;
Que, a través del Oficio Nº 00425-2026-MINEDU/ VMGP-DIGESU, la DIGESU remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00093-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual la DICOPRO sustenta y propone la emisión de la resolución viceministerial que disponga:
i) Dar por concluidas las designaciones del Presidente, el Vicepresidente Académico y el Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNIFSLB;
y, ii) Reconformar la Comisión Organizadora de la UNIFSLB
designando al señor JOSE RICARDO PUJAICO ESPINO, en el cargo de Presidente; al señor AGUSTIN ROBERTO
MENDOZA ALFARO, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, al señor CARLOS MAXIMO GONZALES
AÑORGA, en el cargo de Vicepresidente de Investigación;
Que, mediante el Informe Nº 00241-2026-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Vistos, conforme a lo sustentado por la DICOPRO de la DIGESU, opina que la emisión de la Resolución Viceministerial resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29614, Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución" y modificatorias;
SE RESUELVE:
PEREZ, en el cargo de Vicepresidente Académico; y del señor TIBURCIO RUFINO SOLANO LEON, en el 15 NORMAS LEGALES
Miércoles 18 de febrero de 2026
cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua; agradeciéndoles por los servicios prestados.
Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua, quedando integrada por:
- JOSE RICARDO PUJAICO ESPINO, en el cargo de Presidente;
- AGUSTIN ROBERTO MENDOZA ALFARO, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, - CARLOS MAXIMO GONZALES AÑORGA, en el cargo de Vicepresidente de Investigación.
Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el Informe de Entrega de Cargo; conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y modificatorias.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MARIANO NAVARRO PANDO
Viceministro de Gestión Pedagógica
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 025-2026-MINEDU Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 025-2026-MINEDU
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-02-18
- Fecha de aplicacion : 2026-02-19
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
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Educacion
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