3/15/2026
Primera Sección Manual Perfiles Puestos RE 0025-2026/SBN-GG SBN
Organismos Ejecutores, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales Aprueban Primera Sección del Manual de Perfiles de Puestos de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales RE 0025-2026/SBN-GG San Isidro, 13 de marzo de 2026 VISTO: El Oficio Nº 00157-2025/SBN-GG de fecha 24 de noviembre de 2025 y el Oficio Nº 00011-2026/SBN-GG de fecha 12 febrero de 2026, ambos de la Gerencia General; el Oficio Nº 000346-SERVIR-PE, recepcionado el 10 de marzo de 2026, de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (S.I. Nº 07516-2026); el Informe Nº 00219-2026/SBN-OAF-URH, de f…
Aprueban Primera Sección del Manual de Perfiles de Puestos de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
RE 0025-2026/SBN-GG
San Isidro, 13 de marzo de 2026
VISTO:
El Oficio Nº 00157-2025/SBN-GG de fecha 24 de noviembre de 2025 y el Oficio Nº 00011-2026/SBN-GG de fecha 12 febrero de 2026, ambos de la Gerencia General; el Oficio Nº 000346-SERVIR-PE, recepcionado el 10 de marzo de 2026, de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (S.I. Nº 07516-2026);
el Informe Nº 00219-2026/SBN-OAF-URH, de fecha 10 de marzo de 2026, de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Nº 00095-2026/SBN-OAJ de fecha 13 de marzo de 2026, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil establece que, para la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) la entidad debe contar con el Manual de Perfiles de Puestos (MPP), que contenga, como mínimo, los puestos de funcionarios públicos y servidores de confianza;
Que, el artículo 134 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que cada entidad aprueba su respectivo Manual de Perfiles de Puestos (MPP), en el que se describe de manera estructurada todos los perfiles de puestos de la Entidad, de acuerdo con la directiva que establezca SERVIR para dicho fin;
Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2024-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 001-2024-SERVIR-GPGSC
"Familias de Puestos y Roles y Manual de Puestos Tipo (MPT) aplicables al Régimen del Servicio Civil", con el objeto de definir las familias de puestos de los directivos públicos, servidores civiles de carrera y servidores de actividades complementarias, y los roles que les sean aplicables;
Que, la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, "Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos", formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000018-2024-SERVIR-PE, tiene como objetivo establecer los criterios técnicos y procedimientos necesarios para el diseño, validación y aprobación de perfiles de puestos y/o cargos, así como la elaboración, validación, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfil de Puestos en las entidades públicas;
Que, en atención a lo dispuesto en los numerales 27.8
y 27.9 del artículo 27 de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, una vez notificada la opinión técnica favorable de SERVIR, la entidad pública que elabora y presenta la propuesta de Manual de Perfiles de Puestos - MPP, la aprueba mediante resolución del titular. Dicha aprobación se realiza en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha de recepción de la opinión técnica de SERVIR. La mencionada resolución se publica en el diario oficial El Peruano; y el Manual de Perfiles de Puestos, así como la citada resolución, se publican en el portal de transparencia de la entidad pública en la misma fecha en que se publica el citado dispositivo legal en el diario oficial El Peruano;
LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES
MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE
Fe de erratas 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma rectificatoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales.
2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identificar todos los errores materiales que deben corregirse.
3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título "Dice" y proporcionar la versión corregida bajo el título "Debe Decir".
4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones.
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
22 NORMAS LEGALES Domingo 15 de marzo de 2026
Que, asimismo, el numeral 1 de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la citada Directiva, señala que las entidades públicas del Poder Ejecutivo, comprendidas en los literales a) y g) de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, que elaboren el CPE pueden aprobar su primer MPP conteniendo los perfiles de puestos de funcionarios públicos y servidores de confianza, respetando los criterios y procedimientos establecidos en esa directiva para su elaboración;
Que, la Gerencia General con Oficio Nº 00157-2025/ SBN-GG y con Oficio Nº 00011-2026/SBN-GG, remite a la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe Nº 01161-2025/SBN-OAF-URH
actualizado con el Informe Nº 00149-2026/SBN-OAF-URH, los cuales sustentan y proponen la aprobación del Manual de Perfiles de Puestos de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, que contiene veinte (20) perfiles de puestos de la Sección Nº 1 del Manual de Perfil de Puesto; priorización que ha sido elaborada bajo los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, concordante con la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; para que emita la respectiva opinión técnica;
Que, mediante Oficio Nº 000346-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite a esta Superintendencia el Memorando Nº 000096-2026-SERVIR-GDGP, el Informe Técnico Nº 000026-2026-SERVIR-GDGP-SD, elaborados por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, que contiene la opinión técnica respecto a la propuesta de perfiles de puestos de los grupos de funcionarios públicos y directivos públicos, así como también el Informe Técnico Nº 000025-2026-SERVIR-GDSRH, elaborado por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene la opinión favorable sobre la propuesta de la Primera Sección del Manual de Perfiles de Puestos de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en función a lo establecido en los incisos 27.3 y 27.6 del artículo 27 de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, recomendando, entre otros aspectos, continuar con las acciones necesarias para su aprobación mediante resolución del titular de la entidad y su publicación en el diario oficial El Peruano y el Portal de Transparencia de la entidad;
Que, a través del Informe Nº 00095-2026/BN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que de la documentación sustentatoria, la opinión técnica favorable de SERVIR y la norma precitada en la presente resolución, se verifica que la propuesta de la Primera Sección del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la SBN, se ha tramitado conforme al procedimiento establecido en la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, la Directiva Nº 001-2024-SERVIR-GPGSC, a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, en tal sentido emite opinión legal favorable para su aprobación;
Que, el numeral 6.2 del artículo 6 de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, señala que el titular de la entidad pública, tiene la responsabilidad de aprobar el MPP y sus modificaciones, luego de emitida la opinión favorable de SERVIR, según corresponda;
Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; siendo que, para el caso de la SBN, dicha categoría recae en la Gerencia General, esto en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad;
Con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Recursos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia de la entidad y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ AURELIO RAMÍREZ GARRO
Gerente General
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 0025-2026/SBN-GG Aprueban Primera Sección del Manual de Perfiles de Puestos de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN
- Numero : 0025-2026/SBN-GG
- Emitida por : Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2026-03-15
- Fecha de aplicacion : 2026-03-16
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
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