10/09/2026
RL 32742 Autoriza Señora Presidenta República Salir
Poder Legislativo, RL 32742 EL SENADO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA PARA SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 28 AL 31 DE OCTUBRE Y DEL 2 AL 6 DE NOVIEMBRE DE 2026 El Senado de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 7) del artículo 102-A de la Constitución Política del Perú; en el artículo 118 del Reglamento del Senado, aprobado por Resolución Legislativa del Congreso 006-2025-2026-CR; y en la Ley 28344, Ley que regula la autorización de salida del territorio na…
RL 32742
EL SENADO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
PARA SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL
DEL 28 AL 31 DE OCTUBRE Y DEL 2 AL 6
DE NOVIEMBRE DE 2026
El Senado de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 7) del artículo 102-A de la Constitución Política del Perú; en el artículo 118 del Reglamento del Senado, aprobado por Resolución Legislativa del Congreso 006-2025-2026-CR; y en la Ley 28344, Ley que regula la autorización de salida del territorio nacional del Presidente de la República, ha resuelto acceder a la petición formulada por la señora Presidenta de la República, la misma que cuenta con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y, en consecuencia, autorizarla para salir del territorio nacional en las siguientes fechas:
a) Del 28 al 31 de octubre de 2026, fecha esta última en la que aterrizará en el territorio nacional, con el objeto de viajar a la ciudad de San Salvador y al municipio de Tecoluca, República de El Salvador, a fin de realizar una Visita Oficial a ese país, con una agenda presidencial prevista para el 29 y el 30 de octubre de 2026, que comprende un encuentro privado con el Presidente de la República de El Salvador, una reunión ampliada con Ministros de Estado, reuniones con los Ministros salvadoreños de las carteras de Justicia y Seguridad Pública; de Educación, Ciencia y Tecnología; y de Salud, así como visitas al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), a una escuela emblemática y al Hospital Rosales; y, b) Del 2 al 6 de noviembre de 2026, fecha esta última en la que aterrizará en el territorio nacional, con el objeto de viajar a la ciudad de Madrid, Reino de España, a fin de participar en las principales actividades de la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, con una agenda presidencial prevista entre el 3 y el 5 de noviembre de 2026, que comprende su participación en la sesión plenaria de la Cumbre, eventos protocolares, encuentros bilaterales con Jefes de Estado y de Gobierno u otras altas autoridades, así como su asistencia a sesiones del Encuentro Empresarial en los márgenes de la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno.
Durante sus ausencias del territorio nacional, el Primer Vicepresidente de la República se encargará del despacho de la Presidencia de la República, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 115 de la Constitución Política del Perú y con los numerales 8-A.1 y 8-A.2 del artículo 8-A de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Comuníquese a la señora presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los siete días del mes de octubre de dos mil veintiséis.
MIGUEL ÁNGEL TORRES MORALES
Presidente del Senado de la República
ALEJANDRO MUÑANTE BARRIOS
Primer Vicepresidente del Senado de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Lima, 7 de octubre de 2026
Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI
Presidenta de la República
LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RL 32742 QUE AUTORIZA A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA PARA SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 28 AL 31 DE OCTUBRE Y DEL 2 AL 6 DE NOVIEMBRE DE 2026 El Senado de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 7) del artículo 102-A de la Constitución Política del Perú; en el artículo 118 del Reglamento del Senado, aprobado por Resolución Legislativa del Congreso 006-2025-2026-CR; y en la Ley 28344, Ley que regula la autorización de salida del territorio nacional del Presidente de la República, ha resuelto acceder a la petición formulada por la señora Presidenta de la República, la misma que cuenta con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y, en consecuencia, autorizarla para salir del territorio nacional en las siguientes fechas: a) Del 28 al 31 de octubre de 2026, fecha esta última en la que aterrizará en el territorio nacional, con el objeto de viajar a la ciudad de San Salvador y al municipio de Tecoluca, República de El Salvador, a fin de realizar una Visita Oficial a ese país, con una agenda presidencial prevista para el 29 y el 30 de octubre de 2026, que comprende un encuentro privado con el Presidente de la República de El Salvador, una reunión ampliada con Ministros de Estado, reuniones con los Ministros salvadoreños de las carteras de Justicia y Seguridad Pública; de Educación, Ciencia y Tecnología; y de Salud, así como visitas al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), a una escuela emblemática y al Hospital Rosales; y, b) Del 2 al 6 de noviembre de 2026, fecha esta última en la que aterrizará en el territorio nacional, con el objeto de viajar a la ciudad de Madrid, Reino de España, a fin de participar en las principales actividades de la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, con una agenda presidencial prevista entre el 3 y el 5 de noviembre de 2026, que comprende su participación en la sesión plenaria de la Cumbre, eventos protocolares, encuentros bilaterales con Jefes de Estado y de Gobierno u otras altas autoridades, así como su asistencia a sesiones del Encuentro Empresarial en los márgenes de la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Durante sus ausencias del territorio nacional, el Primer Vicepresidente de la República se encargará del despacho de la Presidencia de la República, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 115 de la Constitución Política del Perú y con los numerales 8-A.1 y 8-A.2 del artículo 8-A de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese a la señora presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de octubre de dos mil veintiséis. MIGUEL ÁNGEL TORRES MORALES Presidente del Senado de la República ALEJANDRO MUÑANTE BARRIOS Primer Vicepresidente del Senado de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Lima, 7 de octubre de 2026 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE Presidente del Consejo de Ministros
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
- Numero : 32742
- Emitida por : - Poder Legislativo
- Fecha de emision : 2026-10-09
- Fecha de aplicacion : 2026-10-10
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Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
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