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Resolución Ministerial N° 047-2013-EF/10 Autorizan viajes a Francia y Panamá de la Superintendente Nacional de Aduanas
2/28/2013
Resolución Ministerial N° 047-2013-EF/10 Autorizan viajes a Francia y Panamá de la Superintendente Nacional de Aduanas
Autorizan viajes a Francia y Panamá de la Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, en comisión de servicios ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 047-2013-EF/10 Lima, 25 de febrero de 2013 VISTO: Los Oficios N° 024-2013-SUNAT/1M0000 y N° 026-2013-SUNAT/1M0000, de la Secretaría Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viajes; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación
ECONOMIA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 047-2013-EF/10
Lima, 25 de febrero de 2013
VISTO:
Los Oficios N° 024-2013-SUNAT/1M0000 y N° 026-2013-SUNAT/1M0000, de la Secretaría Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viajes;
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 15 de octubre de 2012, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OECD, a través del Jefe de la Unidad de Precios de Transferencia del referido organismo internacional, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que participe en las reuniones sobre 'Fiscalidad de las Empresas Multinacionales' del Grupo de Trabajo N° 6 (WP6), a realizarse según programa del 4 al 8 de marzo de 2013, en la sede de la OECD, ciudad de París, República Francesa;
Que, el citado evento internacional incluye, entre otras, la 82° Reunión del Grupo de Trabajo N° 6: Régimen fiscal de las empresas multinacionales, a llevarse a cabo el 4 y 5 de marzo de 2013. En la 82° Reunión del Grupo de Trabajo N° 6: Régimen fiscal de las empresas multinacionales, organizada por la OECD, se analizará y debatirá, entre otros temas de importancia, sobre la Erosión de la Base y Ganancias de Cambio; Simplificación de Precios de Transferencial; Manual de Evaluación de Riesgos de Precios de Transferencia; y vista previa de la Reunión Anual del Foro Mundial;
Que, asimismo, mediante comunicación de fecha 18 de enero de 2013, el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, ha convocado a la Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a la Reunión del Consejo Directivo del mencionado organismo internacional, en su condición de representante de Perú ante dicho Consejo, elegida en la 46° Asamblea General del CIAT del mes de abril de 2012, el cual se realizará el 7 y 8 de marzo de 2013, en la ciudad de Panamá, República de Panamá;
Que, en la Reunión del Consejo Directivo del CIAT, se analizará y debatirá, entre otros temas de importancia, sobre el Anteproyecto del Plan Operativo Anual 2013-2014; la organización de la 47° Asamblea General de 2013; y el Plan Estratégico del CIAT 2013-2017, ajustado a las indicaciones del Consejo Directivo;
Que, el Consejo Directivo del CIAT consta de nueve Consejeros, elegidos anualmente por la Asamblea General, y es responsable de la dirección y seguimiento del cumplimiento de las actividades y de la ejecución del presupuesto de dicho organismo internacional, así como de delinear las directivas estratégicas institucionales del CIAT.
Para el periodo 2012-2013 está conformado por Argentina,
Brasil, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Haití, Perú y Portugal, y está presidido por Chile;
Que, en tal sentido, considerando la importancia que revisten las citadas 82° Reunión del Grupo de Trabajo N° 6 de la OECD y Reunión del Consejo Directivo del CIAT, para el desarrollo de las funciones de la SUNAT, que redundarán en el cumplimiento de sus metas y objetivos institucionales, se hace necesario que nuestro país se encuentre representado, por lo que se ha estimado conveniente la participación de la señora Tania Lourdes Quispe Mansilla,
Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, en los mencionados eventos internacionales;
Que, de acuerdo con el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNA T , los viajes que efectúe el Superintendente Nacional serán autorizados mediante resolución expedida por el titular del Sector Economía y Finanzas;
Que, teniendo en consideración que dichos viajes cumplen con los objetivos institucionales, resulta necesario autorizar los viajes en comisión de servicios de la citada funcionaria para que participe en la 82° Reunión del Grupo de Trabajo N° 6 de la OECD y Reunión del Consejo Directivo del CIAT;
Que, en consecuencia, siendo de interés institucional y nacional, la participación de la SUNAT en dichos eventos internacionales, resulta necesario por razones de itinerario y fines institucionales, autorizar los viajes, en comisión de servicios, de la citada funcionaria, del 2 al 6 y del 6 al 9 de marzo de 2013; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y por viáticos; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar los viajes, en comisión de servicios, de la señora T ania Lourdes Quispe Mansilla, Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, del 2 al 6 de marzo de 2013 a la ciudad de París, República Francesa y del 6 al 9 de marzo de 2013, a la ciudad de Panamá, República de Panamá; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo al Presupuesto de 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 5 036,56
Viáticos US $ 1 640,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
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