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Resolución Suprema N° 003-2013-MIMP Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de la Mujer
4/25/2013
Resolución Suprema N° 003-2013-MIMP Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de la Mujer
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 003-2013-MIMP Lima, 24 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo 1098 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que regula su naturaleza jurídica, competencias exclusivas y competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, rectorías, funciones,
MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 003-2013-MIMP
Lima, 24 de abril de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo 1098 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que regula su naturaleza jurídica, competencias exclusivas y competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, rectorías, funciones, estructura orgánica básica y relaciones con otras entidades;
Que, por Decreto Supremo 003-2012-MIMP se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que en su Tercera Disposición Complementaria Final dispone que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, apruebe su Cuadro para Asignación de Personal, de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo 043-2004-PCM;
Que, mediante Decreto Supremo 043-2004-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal
– CAP de las Entidades de la Administración Pública, el cual constituye un documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones;
Que, el artículo 11 de los referidos lineamientos establece los criterios para la elaboración del CAP, precisándose en el artículo 15 que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades del Gobierno Nacional se aprueba mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector, previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante Resolución Ministerial 276-2012-MIMP se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, documento que contempla los cargos que requiere la entidad acorde con sus funciones, su descripción, calificación y requisitos mínimos para su desempeño;
Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto Supremo 043-2004-PCM la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido opinión favorable a la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
De conformidad con el Decreto Legislativo 1098,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP; y el Decreto Supremo 043-2004-PCM por el que se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal
– CAP de las Entidades de la Administración Pública;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del MIMP Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario Oficial El Peruano.
El Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobado en el artículo precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Suprema en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Suprema entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Derogación Deróguese la Resolución Suprema 004-2005-MIMDES y las demás disposiciones que se opongan a la presente resolución.
Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
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