10/23/2013

ORDENANZA REGIONAL N° 012-2013-GR-LL/CR Crean el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La

Crean el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL ORDENANZA REGIONAL N° 012-2013-GR-LL/CR EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO
Crean el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL
ORDENANZA REGIONAL N° 012-2013-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

VISTO:

En Sesión Ordinaria de fecha 2 de julio de 2013, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Producción del Consejo Regional La Libertad recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Crear el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, señala en su artículo 192°, que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional.

Que, el artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas o delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región.

Que, el artículo 1° de la Ley N° 26496, Ley Régimen de la Propiedad, Comercialización y Sanciones por la Caza de las Especies de Vicuña, Guanaco y sus Híbridos, declara a los camélidos sudamericanos: vicuña, guanaco y sus híbridos, como especies de fauna silvestre sujetas a protección por el Estado, el mismo que deberá promover el desarrollo y el aprovechamiento racional de dichas especies.

Que, los artículos 1° y 2° de la Ley N° 28041, Ley que promueve la crianza, producción, comercialización y consumo de los camélidos sudamericanos domésticos alpaca y llama, indica que se debe promover la crianza, producción, comercialización y consumo de los camélidos sudamericanos alpacas y llamas, y son beneficiarios de esta Ley los pequeños criadores y productores de alpacas y llamas de las zonas alto andinas del país; así como de las comunidades campesinas y empresas agrarias que se dedican a esta actividad.

Que, el artículo 1° de la Ley N° 28350, Ley de Promoción del Mejoramiento Genético y Conservación de las Razas de Camélidos Domésticos, establece que el objeto de la presente Ley es promover el mejoramiento genético y preservación de la alpaca y llama, y la declara como "Recurso Genético del Perú".

Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 015-2004-MINCETUR, Crean Comisión Nacional de Productos Bandera-COPROBA, establece que esta Comisión Nacional de Productos Bandera, tendrá como propósito elaborar una estrategia nacional integrada de identificación, promoción y protección de la identidad de los productos bandera, tanto en el interior como en el exterior del país, la que será presentada al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para su aprobación. En el País los Productos Bandera del Perú, son aquellos productos o expresiones culturales cuyo origen o transformación han ocurrido en el territorio peruano con características que representan la imagen del Perú fuera del país. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR, ha aprobado desde el año 2004 hasta la actualidad 19
productos bandera, dentro de los cuales el primer lugar los ocupa los camélidos Peruanos (alpaca y vicuña) con un valor ponderado de 8.79; Cabe mencionar que las exportaciones de camélidos peruanos pasó de US$ 30.2
millones a mayo del año 2007 a US$ 31.5 millones en similar lapso del 2008, lo que representa un crecimiento del 4%. Nuestro país exportó productos no solo hechos con la fibra de estos camélidos, principalmente alpaca, sino también de su cuero.

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 354-2008-AG, fueron transferidas por el Ministerio de Agricultura al Gobierno Regional de La Libertad, las funciones en materia agraria y dentro de ellas las contenidas en el literal p) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, como es la de promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camélidos sudamericanos y otras especies de ganadería regional.

Que, mediante la Ordenanza Regional N° 021-2009-GR-LL/CR, aprobar en Vías de Regularización el Plan Ganadero de la Región La Libertad 2006-2015, se aprobó el instrumento de gestión y orientador de la política regional de la actividad ganadera en nuestra Región. Como resultado de este plan entre otros se llegó a la conclusión que se debía Crear el Proyecto Especial Regional de Camélidos Sudamericanos en la Región La Libertad.

Que, la Ordenanza Regional N° 022-2009-GR-LL/CR, declarar de Prioridad e Interés Regional la Promoción del Consumo de Carne de Alpaca y Fomentar el Desarrollo de la Ganadería Alpacuna en la Región La Libertad, establece que en nuestra Región La Libertad, se debe fomentar la crianza, producción, comercialización y consumo de la carne de alpaca; a fin de beneficiar a los pequeños criadores y productores de alpacas de las zonas alto andinas que se dedican a esta actividad.

Que, la Ordenanza Regional N° 030-2009-GR-LL/CR, Declarar al Guanaco (Lama guanicoe) como Patrimonio de la Región La Libertad y de Necesidad Pública e Interés Regional su Protección y Conservación;
establece que el Gobierno Regional de La Libertad, asume la defensa de este patrimonio natural (guanaco), implementando los mecanismos adecuados y necesarios para su conservación y protección; y a su vez reconoce la existencia de los últimos relictos de poblaciones silvestres de guanacos que se encuentran en peligro de extinción en la Reserva Nacional de Calipuy (provincias de Virú y de Santiago de Chuco) lugares donde se inicia su crianza a nivel de América del Sur.

Que, la Ordenanza Regional N° 032-2009-GR-LL/CR, aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado de La Libertad 2010-2021, establece como prioridad dentro de los programas y proyectos productivos de desarrollo regional, el fortalecimiento de la cadena de valor de los camélidos sudamericanos con enfoque de equidad.

Que, en lo concerniente a los camélidos domésticos en la Región La Libertad, existe una problemática que todavía no ha sido solucionada ya que los pequeños productores de alpacas y llamas, ubicados en las zonas alto andinas, todavía viene usando y aplicando en su gran mayoría técnicas tradicionales en la crianza de estas especies, trayendo como consecuencia lo siguiente: Bajos índices productivos; pérdida de la diversidad genética; baja calidad y oferta forrajera; alta incidencia de enfermedades; inadecuada prácticas de manejo; deterioro de la calidad genética para producción de fibra; poca capacidad de negociación; bajo precios de sus productos; productos con poco valor agregado;
débil organización de productores, inadecuado uso y manejo de los recursos (agua, suelo y pastos); escasos estudios e investigaciones en camélidos; apoyo reducido y focalización de instituciones relacionadas con el sector;
falta de un diagnóstico integral del sector a nivel de la región, y falta de autonomía política del sector.

Que, en lo referente a los camélidos silvestres vicuña y guanaco, también presenta su problemática, ya que poco o nada se ha hecho en la supervisión de las actividades de conservación, manejo y aprovechamiento sostenible de estas especies, a pesar de que estas especies están protegidas por el Estado, trayendo como consecuencia lo siguiente: Falta de protección y conservación de las especies silvestres vicuña y guanaco; falta de articulación con las instituciones estatales para la protección de la vicuña y el guanaco; escasa promoción en el manejo y aprovechamiento productivo de la vicuña; falta de supervisión y control del proceso de comercialización y transformación de la fibra de la vicuña;

Que, la Creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL, se justifica plenamente por las razones siguiente: La Región La Libertad, es la única a nivel nacional que cuenta con las 4 especies de camélidos sudamericanos; existencia de más de 368,000 hectáreas de pastos naturales que se encuentran por repoblar; fuente de ingreso económico para los pequeños productores que se dedican a su manejo y aprovechamiento; entidades públicas y privadas han ejecutado proyectos exitosos relacionados a la introducción de alpacas, llamas y vicuñas; existencia de productores organizados; cumplir las funciones establecidas en la Resolución Ministerial N° 354-2008-AG, referidas a la función específica p) del artículo 51°
de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, como es la de promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de los camélidos sudamericanos; contar con recursos humanos; existencia de dispositivos legales vigentes que promueven la crianza, producción, comercialización y consumo de los camélidos sudamericanos domésticos (alpaca y llama), y que protegen, conservan, el manejo y aprovechamiento sostenible de los camélidos sudamericanos silvestres (vicuña y guanaco).

Que, el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad- PECASULL, tendrá como estrategia para lograr su cometido, utilizar la participación interinstitucional de los organismos públicos y privados del ámbito local, regional, nacional e internacional;
desarrollar dentro de sus actividades acciones que tengan que responder a las tendencias de la actividad camélida en la próxima década como son entre otras actividades a desarrollar las siguientes: Fortalecer institucionalmente y organizacionalmente a los actores locales y regionales;
proteger el uso racional de los recursos naturales en los ecosistemas alto andinos; desarrollar y fortalecer las cadenas productivas de los camélidos sudamericanos;
apoyar a la generación de plataformas de servicios para producción, comercialización y transformación; impulsar el desarrollo de los recursos humanos del sector en sus capacidades técnicas y liderazgo social; apoyar el desarrollo de las sociedades alto andinas dedicadas al uso racional de los camélidos sudamericanos; promocionar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación en el sector de los camélidos sudamericanos; y apoyar a la afirmación cultural e identidad así como a la racionalidad andina.

Que, el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL, funcionará con personal nombrado y contratado de la Sede Central del Gobierno Regional de La Libertad, no originando ningún incremento de presupuesto alguno ya que este personal se encuentra actualmente laborando en otras unidades orgánicas del Gobierno Regional de La Libertad, el que deberá ser rotado para incorporarse al Proyecto Especial. Asimismo, el Proyecto contará con el apoyo de los profesionales y técnicos nombrados que cuentan las Agencias Agrarias de la Gerencia Regional de Agricultura a fin de realizar un trabajo coordinado y concertado en beneficio de la población alto andina. Los recursos económicos que se requerirán para el funcionamiento del proyecto provendrán del presupuesto asignado por la transferencia funciones en materia de camélidos al Gobierno Regional La Libertad; asignaciones presupuestales, donaciones de organismos no gubernamentales, aportes financieros no reembolsables y de los recursos propios que genere el Proyecto.

Que, el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad, a crearse cuenta con los informes técnicos favorables de la Gerencia Regional de Agricultura (Oficio N° 098-2012-GRLL-GGR/GRSA), Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental (Informe N° 002-2012-GRLL-GRRNGA/JEPS), y la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Modernización de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (Informe N° 006-2012-GRPPAT-SGDI-OLN); así como la opinión legal favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica (Informe Legal N° 135-2012-GRLL-GGR-GRAJ/YCRC). Cabe destacar el Informe Técnico del Especialista encargado de emitir opinión de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que en su análisis de la propuesta de Creación del Proyecto Especial de Camélidos La Libertad, indica que por su impacto socioeconómico establecida en la propuesta técnica, debe crearse como órgano estructurado desconcentrado del Gobierno Regional La Libertad, y para ello implica necesariamente modificar el Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Gobierno Regional La Libertad aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR.

Que, debido a su importancia social, económica, cultural y científica, los camélidos sudamericanos o camélidos andinos constituyen el recurso genético del Perú y de nuestra Región La Libertad; y teniendo en cuenta las consideraciones expuestas y asimismo por las opiniones técnicas, legal emitidas y favorables de las Gerencias Regionales competentes, amerita la Creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad, como un Órgano Estructurado Desconcentrado del Gobierno Regional La Libertad, con dependencia jerárquica de la Gerencia General Regional, debido a que este ejercerá un rol normativo, promotor y rector en las cuatro especies de camélidos sudamericanos (alpaca, llama, vicuña y guanacos) y sus híbridos en el ámbito de la Región La Libertad; asimismo, contribuirá a mejorar el bienestar y la calidad de vida de los grupos sociales del sector de los camélidos sudamericanos en la Región, en su mayoría miembros de las comunidades campesinas, asociaciones, productores individuales; reduciendo en parte su situación de extrema pobreza y exclusión social en que se encuentran.

Que, el artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que es competencia del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. En tal sentido se ha determinado el impacto socioeconómico que generará en el desarrollo regional de esta actividad productiva, y por el alcance regional y los efectos que producirán en el desarrollo de los camélidos sudamericanos y por ende de la Región La Libertad, es necesario que el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad-PECASULL, sea considerarlo como órgano desconcentrado del Gobierno Regional de La Libertad, con dependencia jerárquica administrativa de la Gerencia General Regional.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias, y estando a lo acordado.

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Artículo Primero.- CREASE el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad - PECASULL, como órgano estructurado desconcentrado del Gobierno Regional de La Libertad, con dependencia jerárquica administrativa de la Gerencia General Regional, con la finalidad de ejercer un rol normativo, promotor y rector en las cuatro especies de camélidos sudamericanos (alpaca, llama, vicuña y guanacos) y sus híbridos en la Región La Libertad.

Artículo Segundo.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR, incorporando en la estructura orgánica, como órgano desconcentrado al Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad –PECASULL, asimismo como sus funciones competentes.

Artículo Tercero.- El Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad - PECASULL, tendrá las funciones siguientes:
- Proponer políticas, estrategias y proyectos para el desarrollo del sector en beneficio de sus actores.
- Promover, coordinar, concertar y supervisar, en el marco de la normatividad vigente y competencias, las actividades y procedimientos relacionados a los procesos de conservación, producción y aprovechamiento de los camélidos.
- Promover la investigación básica y aplicada en camélidos sudamericanos, realizar coordinaciones con las entidades públicas y privadas que desarrollen acciones y/o ejerzan competencias en materia de camélidos sudamericanos.
- Otras que se considere para la buena conducción del proyecto especial.

Artículo Cuarto.- El Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad - PECASULL, tendrá como líneas de acción las siguientes:

A.- EN CAMELIDOS SUDAMERICANOS
DOMESTICOS
- Mejorar los sistemas de crianza y producción de los Camélidos Sudamericanos Domésticos.
- Mejorar los sistemas de comercialización y transformación de productos derivados.
- Promover la ciencia, tecnología e innovación de los camélidos sudamericanos domésticos.
- Fortalecer el sector de los camélidos sudamericanos domésticos y de sus actores a nivel distrital, provincial y regional.
- Otras que se considere conveniente para la buena conducción de los camélidos domésticos.

B.- EN CAMELIDOS SUDAMERICANOS
SILVESTRES
- Promover la protección y conservación de las especies silvestres de vicuñas y guanacos (articulación de las instituciones estatales para la protección de la vicuña y el guanaco).
- Promover el manejo y aprovechamiento productivo y sostenido de la vicuña.
- Supervisar y controlar del proceso de producción, acopio, comercialización y transformación de la fibra de la vicuña.
- Promover el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación del sector de camélidos silvestres.
- Fortalecer el sector de los camélidos sudamericanos silvestres y de sus actores a nivel distrital, provincial y regional.
- Otras que se considere necesarios para la buena conducción de los camélidos sudamericanos silvestres.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de La Libertad la implementación y funcionamiento del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad - PECASULL, en un plazo de treinta (30) días calendarios, después de haberse aprobado la presente Ordenanza Regional.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial la definición de los cargos del citado Proyecto Especial y su incorporación en el Cuadro de Asignación del Personal CAP Institucional, acto administrativo a aprobarse con Resolución Ejecutiva Regional.

Artículo Séptimo.- FACULTAR al Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad, la designación del responsable de la conducción del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad – PECASULL, en la Región La Libertad.

Artículo Octavo.- NOTIFIQUESE la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Agricultura (Dirección General de Competitividad Agraria y Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre); Ministerio del Ambiente (Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas-SERNANP); Gerencias Regionales y Agencias Agrarias de la Gerencia Regional de Agricultura, dando cuenta de la Creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad - PECASULL.

Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.

Comuníquese al señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.

En Trujillo, a los seis días del mes de agosto del año dos mil trece.

LUIS AGUSTÍN SOLANO ARROYO
Presidente
AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DEL
{E}GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR TANTO:

Mando se registre y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 16 de agosto de 2013.

JOSE H. MURGIA ZANNIER
Presidente Regional

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