11/21/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 344-2013/JNAC/RENIEC Disponen el cierre del Padrón Electoral para efecto

Disponen el cierre del Padrón Electoral para efecto del desarrollo de las Nuevas Elecciones Municipales 2014, a llevarse a cabo el 16 de marzo de 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 344-2013/JNAC/RENIEC Lima, 20 de noviembre de 2013 VISTOS: El Memorando N° 000501-2013/GRE/RENIEC (18NOV2013) y la Hoja de Elevación N° 000241-2013/ GRE/RENIEC(19NOV2013) de la Gerencia de Registro Electoral; los Informes N° 000028-20133/GRE/SGPRE/ RENIEC (20SEP2013) y N° 000046-2013/GRE/SGPRE/ RENIEC (19NOV2013) de la Sub Gerencia de Sub Gerencia de Procesamiento
Disponen el cierre del Padrón Electoral para efecto del desarrollo de las Nuevas Elecciones Municipales 2014, a llevarse a cabo el 16 de marzo de 2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 344-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 20 de noviembre de 2013
VISTOS: El Memorando N° 000501-2013/GRE/RENIEC (18NOV2013) y la Hoja de Elevación N° 000241-2013/ GRE/RENIEC(19NOV2013) de la Gerencia de Registro Electoral; los Informes N° 000028-20133/GRE/SGPRE/ RENIEC (20SEP2013) y N° 000046-2013/GRE/SGPRE/ RENIEC (19NOV2013) de la Sub Gerencia de Sub Gerencia de Procesamiento del Registro Electoral de la Gerencia de Registro Electoral y el Informe N° 002071-2013/GAJ/RENIEC (20NOV2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, siendo asimismo responsable de preparar y mantener actualizado el Padrón Electoral;

Que mediante la Resolución N° 0196-2013-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 05 de marzo de 2013, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a la segunda consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales para el día domingo 7 de julio de 2013 en diversas circunscripciones a nivel nacional;

Que a través de la Resolución N° 817-2013-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 05 de setiembre de 2013, el Jurado Nacional de Elecciones dio por concluido el proceso de Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2013 convocado mediante la Resolución arriba señalada, solicitando al Poder Ejecutivo la convocatoria al proceso de Nuevas Elecciones Municipales 2014, en las circunscripciones electorales detalladas en el artículo segundo de la referida resolución;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República la convocatoria de las Nuevas Elecciones Municipales 2014;

Que por ello mediante Decreto Supremo N° 108-2013-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de setiembre de 2013, se convoca a Nuevas Elecciones Municipales 2014 para el el día 16 de marzo de 2014, con la finalidad de elegir a alcaldes y regidores de diversos concejos municipales a nivel nacional, que se detallan en anexo adjunto al mismo;

Que asimismo por Resolución N° 913-2013-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 02 de octubre de 2013, el Jurado Nacional de Elecciones definió diez (10) circunscripciones administrativo-electorales para el proceso electoral convocado precedentemente;

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN), el Padrón Electoral a emplearse en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 7°
de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y artículo 196° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones;

Que conforme a lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley N° 27764, Ley que permite la inscripción de nuevos ciudadanos durante procesos electorales, el Padrón Electoral se cierra ciento veinte (120) días antes de la realización de cualquier proceso electoral, fecha a partir de la cual no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro dato en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN) que altere la información contenida en el referido padrón;

Que la Sub Gerencia de Procesamiento del Registro Electoral de la Gerencia de Registro Electoral mediante el Informe N° 000046-2013/GRE/SGPRE/RENIEC (19NOV2013) da cuenta de su inexcusable omisión de no haber remitido oportunamente el proyecto de Resolución Jefatural disponiendo la formalización del cierre del Padrón Electoral; situación que dio lugar a la medida disciplinaria impuesta por la Gerencia de Registro Electoral;

Que en virtud a lo expuesto precedentemente y conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17°
de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que en tal sentido, corresponde disponer con eficacia anticipada el cierre del Padrón Electoral el 16 de noviembre de 2013 para el desarrollo de las Nuevas Elecciones Municipales 2014 del 16 de marzo de 2014;

Que de otro lado, mediante la Resolución Jefatural N° 333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga con retención de su cargo a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 11 al 22 de noviembre de 2013; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer con eficacia anticipada el cierre del Padrón Electoral con fecha 16 de noviembre de 2013, para efecto del desarrollo de las Nuevas Elecciones Municipales 2014, a llevarse a cabo el día 16 de marzo de 2014.

Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Registro Electoral, Registros de Identificación y Tecnología de la Información el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)

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