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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 378-2013-EF/52 Modifican "Confirmations" suscritos con Citibank N.A.
12/28/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 378-2013-EF/52 Modifican "Confirmations" suscritos con Citibank N.A.
Modifican "Confirmations" suscritos con Citibank N.A. aprobados mediante R.M. N° 147-2008-EF/75 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 378-2013-EF/52 Lima, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 147-2008-EF/75 se aprobaron, las operaciones de cobertura de riesgo estructuradas denominadas "Cross Currency Swap Extinguible" con Citibank N.A., para intercambiar, entre otros, los fiujos de Euros a tasa Fija, a Nuevos Soles a tasa fija, de las operaciones de endeudamiento externo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 378-2013-EF/52
Lima, 26 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 147-2008-EF/75 se aprobaron, las operaciones de cobertura de riesgo estructuradas denominadas "Cross Currency Swap Extinguible" con Citibank N.A., para intercambiar, entre otros, los fiujos de Euros a tasa Fija, a Nuevos Soles a tasa fija, de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos N°s 428-83-EFC, 230-84-EFC, 379-84-EFC, 488-85-EF (parte III), 159-93-EF (segundo tramo), y los Decretos Legislativos N°s 397 y 506, hasta por el importe de EUR 39 272 934,02 (TREINTA Y NUEVE MILLONES
DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y CUATRO Y 02/100 EUROS);
Que, en el marco de la autorización contenida en la Resolución Ministerial N° 147-2008-EF/75, con fecha 06.03.2008, el Director General de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público (hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público) suscribió con Citibank N.A. los documentos denominados "Confirmations N°s 2605864, 2605876, 2605882, 2605883, 2605885, 2605886 y 2605887", que contienen los términos y condiciones específicos de las citadas operaciones de cobertura y cuyos textos fueron aprobados por el Artículo 2° de la citada Resolución Ministerial;
Que, la cuenta bancaria a través de la cual Citibank N.A. realiza las transferencias de los fiujos en Euros a favor de la República del Perú, ha sido cambiada, en consecuencia, se requiere modificar el numeral 3 de los "Confirmations" indicados en el considerando anterior, en donde se consigna la citada cuenta bancaria, en aras de una adecuada administración de estos contratos;
Que de otro lado, el Citibank N.A. ha informado que de conformidad con las leyes federales de los Estados Unidos de América, corresponde que en los citados "Confirmations" se incorpore un párrafo en el cual se establezca que el Citibank N.A. debe contar, verificar y registrar información de identificación del cliente;
Que, de acuerdo con la Décimo Novena Disposición Final y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para que, mediante resolución ministerial, pueda disponer, entre otros aspectos, la modificación de las operaciones de cobertura de riesgo que celebre la República del Perú en el marco de la citada Ley General;
Que, en consecuencia, para implementar las modificaciones antes señaladas, se requiere aprobar el texto de los nuevos "Confirmations";
Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar el numeral 3 e incorporar un párrafo en la sección introductoria de los "Confirmations N°s 2605864, 2605876, 2605882, 2605883, 2605885, 2605886 y 2605887" suscritos con Citibank N.A.
aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 147-2008-EF/75, referidos a las operaciones cobertura de riesgo de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos N°s 428-83-EFC, 230-84-EFC, 379-84-EFC, 488-85-EF (parte III), 159-93-EF (segundo tramo), y los Decretos Legislativos N°s 397
y 506, según lo descrito en la parte considerativa de la presente resolución ministerial.
Artículo 2°.- Aprobar los textos de los documentos denominados "Confirmations" a ser suscritos con Citibank N.A. para implementar las modificaciones que se señalan en la parte considerativa de esta Resolución Ministerial, y que sustituyen los documentos denominados "Confirmations N°s 2605864, 2605876, 2605882, 2605883, 2605885, 2605886 y 2605887" de fecha 06.03.2008.
Artículo 3°.- El Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público queda autorizado a suscribir todos los documentos que se requieran, así como a tomar todas las acciones necesarias, para implementar lo dispuesto en esta norma legal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
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