3/23/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2014-PRODUCE Crean Comisión Evaluadora encargada de llevar a cabo el

Crean Comisión Evaluadora encargada de llevar a cabo el proceso de selección del Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2014-PRODUCE Lima, 21 de marzo de 2014 VISTOS: El Informe N° 050-2014-PRODUCE/OGAJ-jtangm de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, tiene por objeto desarrollar el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y garantizar la inocuidad
Crean Comisión Evaluadora encargada de llevar a cabo el proceso de selección del Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2014-PRODUCE
Lima, 21 de marzo de 2014
VISTOS: El Informe N° 050-2014-PRODUCE/OGAJ-jtangm de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, tiene por objeto desarrollar el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y garantizar la inocuidad en toda la cadena productiva de los productos pesqueros, acuícolas y de piensos de origen hidrobiológico, mediante la certificación sanitaria de calidad, fortaleciendo la autoridad sanitaria pesquera, elevándola a niveles de competitividad técnica y científica, con el propósito de proteger la vida y la salud pública;

Que, el artículo 5 de la citada Ley establece la estructura orgánica del SANIPES para el cumplimiento de sus fines, estableciéndose, entre otros, el cargo de Director Ejecutivo;

Que, por su parte, el artículo 8 de la mencionada Ley, señala que el Director Ejecutivo desempeña funciones ejecutivas y es designado por resolución suprema a propuesta del Ministro de la Producción. Asimismo, se dispone que la designación está sujeta a mecanismos objetivos de evaluación y selección, que aseguren la idoneidad profesional y la especialidad requerida para el ejercicio del cargo y la inexistencia de incompatibilidades o de confiictos de interés;

Que, en consecuencia, resulta necesario conformar una Comisión que se encargue del proceso para la selección del Director Ejecutivo del SANIPES;

Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y, la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación y objetivo de la Comisión Evaluadora Créase una Comisión Evaluadora encargada de llevar a cabo el proceso de selección del Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES).

La Comisión Evaluadora dependerá del Ministerio de la Producción.

Artículo 2.- Conformación de la Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora estará conformada de la siguiente manera:
- El Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción, quien la presidirá;
- El Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de la Producción; y, - El Director General de Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción, quien ejercerá funciones de Secretaria Técnica de la Comisión.

Artículo 3.- De las funciones de la Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora tendrá las siguientes funciones:
- Establecer su régimen de funcionamiento interno.
- Diseñar y aprobar un mecanismo objetivo de evaluación y selección, que asegure la idoneidad profesional y la especialidad requerida para el ejercicio del cargo de Director Ejecutivo de SANIPES y la inexistencia de incompatibilidades o confiictos de interés.
- Llevar a cabo el proceso de evaluación previamente diseñado por la Comisión.
- Comunicar al Titular del Sector el resultado del proceso de evaluación.

Artículo 4.- Instalación y plazo de la Comisión Evaluadora 4.1 La Comisión Evaluadora deberá instalarse dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución Ministerial.

4.2 En un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, la Comisión Evaluadora presentará al Titular del Sector su Informe Final, conteniendo la descripción de la metodología y el resultado del proceso de selección.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.
gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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