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DECRETO SUPREMO N° 026-2014-PCM Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del
4/05/2014
DECRETO SUPREMO N° 026-2014-PCM Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Consejo Nacional de Ciencia, T ecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC DECRETO SUPREMO N° 026-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2007-ED, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303 – Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y, mediante Decreto Supremo N° 020-2010-ED, se aprobó su Reglamento; con los que se establecen y encargan funciones generales al CONCYTEC; Que,
DECRETO SUPREMO N° 026-2014-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2007-ED, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303 – Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y, mediante Decreto Supremo N° 020-2010-ED, se aprobó su Reglamento; con los que se establecen y encargan funciones generales al CONCYTEC;
Que, mediante Ley N° 28613 se aprobó la Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica;
Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2007-ED, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC;
Que, a través de diversas disposiciones normativas se le han otorgado al CONCYTEC funciones adicionales en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT;
Que, mediante Decreto Supremo N° 067-2012-PCM
se aprobó la adscripción del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica a la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM, en cuya Primera Disposición Complementaria se estableció la creación de una Comisión Sectorial de naturaleza temporal que tenga por objeto el estudio, evaluación y análisis sobre la estructura, funcionamiento y reorganización del CONCYTEC, a fin de fortalecer su capacidad como ente rector en el desarrollo de ciencia, tecnología e innovación tecnológica;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 146-2012-PCM
modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 236-2012-PCM y 302-2012-PCM, se constituyó la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, con el objeto de estudiar, evaluar y analizar la estructura, funcionamiento y reorganización del
CONCYTEC;
Que, la citada Comisión ha presentado la propuesta del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, la misma que se enmarca en la necesidad que el CONCYTEC, se organice de manera adecuada para lograr llevar adelante los objetivos prioritarios y alcanzar los resultados de los bienes y servicios públicos de su responsabilidad, a través de lineamientos que permitan: fortalecer su capacidad de formulación, rectoría, supervisión y evaluación de las políticas públicas de su responsabilidad; promover el debate público abierto en el proceso de formulación de políticas públicas; articular las políticas públicas de su responsabilidad;
coordinar con las instancias descentralizadas de gobierno desde el diseño de las políticas nacionales y sectoriales que comprometan materias de competencia compartida;
y establecer espacios y mecanismos de coordinación interinstitucional con otros Ministerios y Organismos de los tres niveles de Gobierno; en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas en materia de CT eI;
Que, en tal sentido, es necesario aprobar el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, tal como lo dispone el Decreto Supremo N° 067-2012-PCM;
Que, de conformidad con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y con los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, las normas de organización y funciones de los Organismos Públicos son aprobadas por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Que, la propuesta del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones –ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del ROF
Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación T ecnológica (CONCYTEC), que consta de Tres Títulos (I, II, III), Cincuenta y Seis (56) Artículos y una Única (01) Disposición Complementaria Transitoria, el mismo que se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación Publicar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), aprobado por el artículo precedente, en el Portal Institucional (www.
concytec.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe) el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Normas Complementarias Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), para dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento e implementación del presente Decreto Supremo.
Artículo 4.- Implementación del ROF
La implementación del nuevo ROF del CONCYTEC se realizará con cargo al presupuesto de dicha entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 5.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), deberá presentar dentro de noventa (90) días calendario de publicado el presente Decreto Supremo, su propuesta de Cuadro para Asignación de Personal (CAP).
Artículo 6.- Derogación Derogar el Decreto Supremo N° 029-2007-ED, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), así como todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
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