4/04/2014

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 0346-2014-P-CSJLIMASUR/PJ Convocan el inicio de

Convocan el inicio de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el año judicial 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 0346-2014-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, dos de abril del dos mil catorce//. I. ANTECEDENTES: La Resolución Administrativa N° 0265-2012-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la Resolución Jefatural N° 203-2014-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF , emitida por
Convocan el inicio de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el año judicial 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 0346-2014-P-CSJLIMASUR/PJ
Lima, dos de abril del dos mil catorce//.

I. ANTECEDENTES:

La Resolución Administrativa N° 0265-2012-CE-PJ
emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la Resolución Jefatural N° 203-2014-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF , emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, y el Informe N° 020-2014-SJ-CSJLIMASUR/PJ
emitido por la Oficina de Servicios Judiciales.

II. FUNDAMENTOS:

1. Que, el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado con Resolución Administrativa N° 0265-2012-CE-PJ, dispone en el rubro catorce el procedimiento de inscripción y reinscripción de martilleros públicos en cada Distrito Judicial, las mismas que deben realizarse anualmente.

2. Que, por Resolución Jefatural N° 203-2014-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 15 de marzo de 2014, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso la habilitación anual para ejercer el cargo de Martillero Público durante el año 2013.

3. Que, asimismo, el artículo 4° del Reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, dispone que "Todo Martillero Público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual para el ejercicio de sus funciones", por lo que, previa a dicha habilitación, debe realizarse la convocatoria a inscripción.

4. Que, en tal contexto, a efectos de dar cumplimiento a las citadas disposiciones, debe convocarse a la inscripción de Martilleros Públicos que prestarán servicio en el presente año judicial en el Distrito Judicial de Lima Sur.

5. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de impartición de Justicia en beneficio del usuario del sistema judicial. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 1), 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

III. DECISIÓN:

El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de conformidad con las normas invocadas, resuelve:

Artículo Primero.- CONVOCAR a la inscripción y reinscripción de los interesados para integrar la Nómina de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, correspondiente al periodo judicial 2014;
debiendo presentar las solicitudes hasta el 20 de abril del presente año.

Artículo Segundo.- ENCARGAR la conducción del proceso de inscripción en su integridad a la Oficina de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia.

Artículo Tercero.- EXCLUIR de la lista de Martilleros Públicos del periodo 2013 a los Martilleros Públicos que no estén habilitados para ejercer el cargo en el año 2014, según lista publicada por la SUNARP.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, Oficina de Administración Distrital de esta Corte, Magistrados y demás áreas administrativas pertinentes de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para los fines correspondientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

OCTAVIO CESAR SAHUANAY CALSIN
Presidente

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