5/09/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0291/RE-2014 Difunden actualización de lista relativa a las sanciones

Difunden actualización de lista relativa a las sanciones contra Al Qaida a que se refiere la resolución 2083 (2012) adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0291/RE-2014 Lima, 5 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, en su artículo 2° establece que en aquellos casos en que el Consejo de Seguridad o sus órganos subsidiarios identifiquen personas o entidades sujetas al régimen de sanciones previstas en las resoluciones
Difunden actualización de lista relativa a las sanciones contra Al Qaida a que se refiere la resolución 2083 (2012) adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0291/RE-2014
Lima, 5 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:

Que el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, en su artículo 2° establece que en aquellos casos en que el Consejo de Seguridad o sus órganos subsidiarios identifiquen personas o entidades sujetas al régimen de sanciones previstas en las resoluciones que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el Ministerio de Relaciones Exteriores dará a conocer y actualizará los listados correspondientes a través de Resoluciones Ministeriales a publicarse en el Diario Oficial El Peruano en un plazo máximo de 30 días de emitidos;

Que, el 31 de marzo de 2014, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) relativas a Al-Qaida y personas y entidades asociadas, ha actualizado la lista relativa a las sanciones contra Al-Qaida;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Difundir para conocimiento y debida observancia, la actualización de la lista relativa a las sanciones contra Al Qaida, que suprime de la misma a los siguientes individuos, a quienes ya no se aplicarán las sanciones de congelación de activos, prohibición de viajar y embargo de armas establecidos en la resolución 2083 (2012) adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas:
fiQI.K.158.04. Nombre: 1: ABDERRAHMANE 2: KIFANE 3: nd 4: nd fiQI.M.116.03. Nombre: 1: AMRAN 2: MANSOR 3: nd 4: nd Artículo 2°.- La lista actualizada se encuentra publicada en el portal de internet de la Organización de las Naciones Unidas:
http://www.un.org/sc/committees/1267/aq_sanctions_
list.shtml
Artículo 3°.- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la presente resolución, son las siguientes:
• Ministerio del Interior • Ministerio de Defensa • Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
• Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDA RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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