6/26/2014

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 193-2014/SUNAT Modifican la conformación del Grupo de Trabajo de

Modifican la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 193-2014/SUNAT Lima, 20 de junio de 2014 CONSIDERANDO; Que mediante Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar
Modifican la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 193-2014/SUNAT
Lima, 20 de junio de 2014
CONSIDERANDO;

Que mediante Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 29664
establece que las Entidades Públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad cuya función es indelegable;

Que de acuerdo con el acápite VII.1.a.2 de la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM, el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres a nivel de Entidad Pública está integrado por: el Titular de la entidad pública, quien lo preside; el Secretario General; los responsables de los órganos de línea; el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto;
el Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, y el Jefe de la Oficina de Administración;

Que por intermedio de la Resolución de Superintendencia N° 291-2012/SUNAT se constituyó el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – GTGRD – SUNAT, habiéndose modificado su conformación mediante la Resolución de Superintendencia N° 196-2013/SUNAT;

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, modificándose la estructura orgánica de la entidad;

Que, en ese sentido, resulta necesario modificar la conformación del GTGRD – SUNAT, a fin de que esté conformado por los directivos que se establece en la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD, aprobada por Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM;

En uso de las facultades conferidas por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N° 122-2014/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – GTGRD – SUNAT, constituido mediante la Resolución de Superintendencia N° 291-2012/SUNAT, el cual estará integrado por los funcionarios siguientes:
- Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, quien lo presidirá.
- Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas.
- Intendente Nacional de Estudios Económicos y Estadística.
- Intendente Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento.
- Intendente Nacional de Técnica Aduanera.
- Intendente Nacional Jurídico.
- Intendente Nacional de Sistemas de Información.
- Intendente Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados.
- Intendente de Programación y Gestión de Operaciones.
- Intendente de Operaciones Centralizadas.
- Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales.
- Intendente de Control Aduanero.
- Jefe de la Oficina Nacional de Planeamiento.
- Intendente Nacional de Administración.
- Intendente Nacional de Finanzas y Patrimonio.
- Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, quien ejercerá la Secretaría Técnica.

Artículo 2°.- Disponer se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM, al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED
y al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para las acciones de coordinación como integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional

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