6/28/2014

RESOLUCIÓN N° 224-2014/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN N° 224-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 5 de mayo de 2014 Visto el Expediente N° 087-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo 186 700,58 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado Chepen, en el distrito de Pacanga, provincia de Chepen, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar

RESOLUCIÓN N° 224-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 5 de mayo de 2014
Visto el Expediente N° 087-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo 186 700,58
m², ubicado al Noreste del Centro Poblado Chepen, en el distrito de Pacanga, provincia de Chepen, departamento de La Libertad;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 186 700,58 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado Chepen, en el distrito de Pacanga, provincia de El Peruano Sábado 28 de junio de 2014
526406
Chepen, departamento de La Libertad; se encontraría sin inscripción registral;

Que, mediante Oficio N° 023-2014-Z.R.N°V-UREG
de fecha 15 de enero de 2014, la Zona Registral N° V
- Sede Trujillo remite el Informe técnico N°0104-2014-ZR-V-ST/OC de fecha 07 de enero de 2014, donde señala que respecto al área en consulta no es posible determinar si se encuentra inscrito en forma individual o como parte de otro de mayor extensión;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 06 de febrero de 2014 se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta un suelo de composición arenosa y rocosa el cual exterioriza una topografía variable que van desde zonas planas hasta accidentadas y con pendientes que oscilan entre el 10 %
y más de 30%;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 186 700,58 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0226 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 28 de abril de 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de eriazo 186 700,58 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado Chepen, en el distrito de Pacanga, provincia de Chepen, departamento de La Libertad; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° V - Sede Trujillo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Chepen.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN QUISPE ZUÑIGA
Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal

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