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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 228-2014-CE-PJ Crean órganos jurisdiccionales, en el marco de
7/02/2014
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 228-2014-CE-PJ Crean órganos jurisdiccionales, en el marco de
Crean órganos jurisdiccionales, en el marco de aplicación de la Ley N° 30077, y su modificatoria Ley N° 30133 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 228-2014-CE-PJ Lima, 27 de junio de 2014 VISTO: El Oficio N° 188-2014-ETI-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero: Que, en el marco de la Ley N° 30077 y su modificatoria Ley N° 30133, se emitieron normas con el objeto de adelantar la entrada en vigencia del Código Procesal
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 228-2014-CE-PJ
Lima, 27 de junio de 2014
VISTO:
El Oficio N° 188-2014-ETI-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal.
CONSIDERANDO:
Primero: Que, en el marco de la Ley N° 30077 y su modificatoria Ley N° 30133, se emitieron normas con el objeto de adelantar la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, para los delitos cometidos por integrantes de una organización criminal, personas vinculadas a ella o que actúan por encargo de la misma; cuya vigencia comenzará a regir a partir del 1 de julio de 2014.
Segundo: Que, al respecto, el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal remite a éste Órgano de Gobierno propuesta para la creación de órganos jurisdiccionales conforme al presupuesto elaborado por la Gerencia General del Poder Judicial, y presentado al Ministerio de Economía y Finanzas.
Tercero: Que el proceso de implementación de la Ley N° 30077 conllevará un plazo de ejecución del gasto; en ese sentido, el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal solicita que los órganos jurisdiccionales creados en el marco de la Ley N° 29574 y Ley N° 29648 (Implementación del Código Procesal Penal para delitos cometidos por Funcionarios Públicos), de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur, Callao, Ayacucho, Apurímac, Huancavelica y Junín, en adición de funciones, conozcan los procesos de crimen organizado.
En el caso de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, al no contar con órganos jurisdiccionales creados por las Leyes Nros. 29574 y 29648, se propone que los órganos jurisdiccionales a cargo del Código de Procedimientos Penales de 1940, en adición a sus funciones, conozcan los procesos de crimen organizado.
Cuarto: Que el artículo 82°, incisos 24, 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia;
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 556-2014
de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles y Escalante Cárdenas, sin la intervención de los señores De Valdivia Cano y T aboada Pilco, por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear los siguientes órganos jurisdiccionales, en el marco de aplicación de la Ley N° 30077, y su modificatoria Ley N° 30133, a partir del 1 de julio de 2014, en la forma que se indica a continuación:
DISTRITO JUDICIAL DE APURÍMAC
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Sala Penal de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DE AYACUCHO
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Primer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Primer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Tercer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Colegiado Especializado en Crimen Organizado.
• Sala Penal de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DE HUANCAVELICA
• Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Primer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Primer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Tercer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Quinto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Colegiado Especializado en Crimen Organizado.
• Sala Penal de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Primer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Colegiado Especializado en Crimen Organizado.
• Sala Penal de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA SUR
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Primer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Tercer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Colegiado Especializado en Crimen Organizado.
• Sala Penal de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado.
SALA PENAL NACIONAL
• Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Primer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Segundo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Juzgado Penal Colegiado Especializado en Crimen Organizado.
• Sala Penal de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado.
Artículo Segundo.- Disponer que, en tanto se proceda a la ejecución presupuestaria, se adopte las siguientes medidas:
a) Encárguese el conocimiento de los procesos de crimen organizado de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur, Callao, Ayacucho, Apurímac, Huancavelica y Junín, a los órganos jurisdiccionales que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en la forma como se indica a continuación:
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Callao, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
• Los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Junín, que actualmente conocen los procesos penales bajo las normas del Código Procesal Penal en mérito a la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado.
b) Encárguese el conocimiento de los procesos de crimen organizado en la Corte Superiores de Justicia de Lima Este, a los órganos jurisdiccionales penales en la forma como se indica a continuación:
• Tercer Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado, correspondiente al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Cuarto Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado, correspondiente al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Crimen Organizado.
• Quinto Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones, conocerán los procesos sobre crimen organizado, correspondiente al Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Crimen Organizado.
• Sexto Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones, tramitará los procesos en crimen organizado, como Segundo Juzgado Penal Unipersonal.
• Sétimo Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones, tramitará los procesos en crimen organizado, como Tercer Juzgado Penal Unipersonal.
• El Quinto, Sexto y Sétimo Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones, tramitará los procesos en crimen organizado, como Juzgado Penal Colegiado.
• La Sala Penal de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones, conocerá los procesos de crimen organizado, como Sala Penal de Apelaciones.
Artículo Tercero.- Los gastos que genere lo dispuesto en la presente resolución, se hará con cargo a las partidas presupuestarias que el Ministerio de Economía y Finanzas asigne al Poder Judicial sobre esta materia.
Artículo Cuarto.- La Gerencia General en coordinación con las Unidades Ejecutoras de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Callao y Junín, y con las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur, Lima Este, Apurímac, Ayacucho y Huancavelica, adoptará las medidas de urgencia pertinentes y necesarias a fin de realizar la implementación de la Ley N° 30077, en lo concerniente a adquisiciones de bienes y servicios, contratación de personal, entre otros.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Callao, Ayacucho, Apurímac, Huancavelica y Junín; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
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