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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 307-2014-DE/MGP Autorizan ampliación de permanencia de oficial de la Marina
7/05/2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 307-2014-DE/MGP Autorizan ampliación de permanencia de oficial de la Marina
Autorizan ampliación de permanencia de oficial de la Marina de Guerra del Perú en EE.UU., para que continúe desempeñándose como Asesor Académico en el Colegio Interamericano de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 307-2014-DE/MGP Lima, 4 de julio de 2014 Visto, el Oficio P.200-1165 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 16 de mayo de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Colegio Interamericano de Defensa (CID), es una Institución Educativa Internacional que es auspiciada por la Organización de Estados Américanos
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 307-2014-DE/MGP
Lima, 4 de julio de 2014
Visto, el Oficio P.200-1165 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 16 de mayo de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, el Colegio Interamericano de Defensa (CID), es una Institución Educativa Internacional que es auspiciada por la Organización de Estados Américanos (OEA) y la Junta Interamericana de Defensa (JID), en el cual se desarrollan cursos orientados a la capacitación de profesionales con experiencia significativa en relaciones internacionales, fortaleciendo los conocimientos para un mejor desempeño en el campo institucional y acceder a nuevas experiencias que contribuyen a elevar el nivel profesional del Oficial participante, para luego ser aplicados en beneficio de la Institución;
Que, mediante Resolución Suprema N° 369-2013-DE/MGP, de fecha 18 de julio de 2013, se autorizó el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Capitán de Fragata César Eduardo SCHEELJE Loredo, para que se desempeñe como Asesor en el Departamento de Estudios del Colegio Interamericano de Defensa (CID), a realizarse en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 19 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014;
Que, el Director del Colegio Interamericano de Defensa (CID), ha solicitado al Comandante General de la Marina, la permanencia del Capitán de Navio César Eduardo SCHEELJE Loredo, para que continúe desempeñándose como Asesor Académico, hasta el 30 de junio de 2015, con la finalidad de culminar el proceso de acreditación que se viene gestionando, el cual permitirá alcanzar el objetivo de reconocer los estudios a nivel de maestría a favor del referido Colegio Interamericano;
Que, la Marina de Guerra del Perú, ha emitido opinión favorable para que el mencionado Oficial Superior, permanezca en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), como Asesor Académico, del 1 de julio de al 30 de junio de 2015;
Que, teniendo en cuenta que la duración de la ampliación de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y, para completar el período de duración de la Comisión Especial en el Exterior a partir del 1 de enero al 30 de junio de 2015, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo;
Que, los gastos que ocasione la presente ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 975-2013-DE/MGP, de fecha 6 de noviembre de 2013, se otorgó el ascenso al grado de Capitán de Navío al Capitán de Fragata César Eduardo SCHEELJE Loredo;
Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004
y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior del Capitán de Navío César Eduardo SCHEELJE Loredo, CIP. 01804868, DNI.
43430565, para que continúe desempeñándose como Asesor Académico en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de al 30 de junio de 2015, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$. 6,930.00 x 6 meses (julio - diciembre 2014) US$. 41,580.00
TOTAL A PAGAR: US$. 41,580.00
Artículo 3°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensación Extraordinaria Mensual durante el período de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.
Artículo 4°.- Los gastos por pago de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normatividad vigente.
Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 6°.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7°.- El mencionado Oficial Superior continuará revistando en la Dirección General del Personal de la Marina, por el periodo que dure la Comisión Especial en el Exterior.
Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
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