8/20/2014

RESOLUCIÓN N° 620-A-2014-JNE Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ica RESOLUCIÓN N° 620-A-2014-JNE Expediente N° J-2014-00401 ICA - ICA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, quince de julio de dos mil catorce. VISTO el Oficio N° 0934-2014-SG-MPI, recibido el 7 de julio de 2014, remitido por Édgar Fernando Lovera Peña, secretario general de la Municipalidad Provincial de Ica, departamento de Ica, a través del cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, en vista de
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ica
RESOLUCIÓN N° 620-A-2014-JNE
Expediente N° J-2014-00401
ICA - ICA
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, quince de julio de dos mil catorce.

VISTO el Oficio N° 0934-2014-SG-MPI, recibido el 7
de julio de 2014, remitido por Édgar Fernando Lovera Peña, secretario general de la Municipalidad Provincial de Ica, departamento de Ica, a través del cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, en vista de que Grecia Soledad Palomino Ormeño no ha juramentado al cargo de regidora de la citada entidad edil.

ANTECEDENTES
Mediante la Resolución N° 0016-2014-JNE, de fecha 7 de enero de 2014, recaída en el Expediente N° J-2013-01338 (fojas 4 a 12 y vuelta), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la credencial otorgada a Jacinto Roberto Roque Hernández como regidor del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Así, convocó a Noelia Meliza Hernández Aparcana para que asuma el cargo de regidora del citado concejo provincial, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, otorgándose la respectiva credencial que la faculta como tal.

Posteriormente, con Resolución N° 306-2014-JNE, de fecha 10 de abril de 2014, se dejó sin efecto la credencial otorgada a Noelia Meliza Hernández Aparcana, como regidora de la citada entidad edil, emitida en mérito a la Resolución N° 0016-2014-JNE (fojas 41 a 43), y se convocó a Grecia Soledad Palomino Ormeño, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica.

A través del oficio del visto (fojas 59 a 77), el secretario general de la Municipalidad Provincial de Ica comunica, en cumplimiento a lo dispuesto por este órgano colegiado en la resolución citada en el párrafo precedente, que se cumplió con notificar a Grecia Soledad Palomino Ormeño al acto de juramentación en el cargo de regidora.

No obstante, a través del escrito presentado el 15
de mayo de (fojas 68 y 69), la citada ciudadana comunicó al alcalde de dicha entidad edil que no asumirá el cargo de regidora por motivos de índole familiar y de capacitación profesional.

CONSIDERANDOS
1. El artículo 6 de la Ley N° 26997, Ley que establece la conformación de comisiones de transferencia de la administración municipal dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades municipales deberán juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma.

2. Por otro lado, el artículo 35 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante.

3. En el presente caso se advierte de la Carta Administrativa N° 0232-2014-SG-MPI (fojas 65), que Grecia Soledad Palomino Ormeño, con fecha 8 de mayo de 2014, fue debidamente notificada a la ceremonia de juramentación en el cargo de regidora a realizarse el 17
de mayo de 2014.

4. Sin embargo, conforme se aprecia del Informe N° 0005-2014-SG-MPI, del 13 de junio de 2014, el secretario general de la Municipalidad Provincial de Ica deja constancia de que Grecia Soledad Palomino Ormeño no se apersonó a las instalaciones de la citada entidad edil para juramentar en su cargo ni recibir su credencial que la faculta como tal, así como la declinación de la citada ciudadana a asumir dicho cargo. Así, debe procederse a dejar sin efecto la credencial otorgada a dicha autoridad mediante la Resolución N° 306-2014-JNE, y convocar al accesitario llamado por ley.

5. En vista de lo expuesto, corresponde convocar a Danilo Omar Cabrera Rodríguez, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 22319045, candidato no proclamado del Partido Regional de Integración, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada por Édgar Fernando Lovera Peña, secretario general de la Municipalidad Provincial de Ica, departamento de Ica.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Grecia Soledad Palomino Ormeño como regidora del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica, emitida en mérito a la Resolución N° 306-2014-JNE, de fecha 10 de abril de 2014.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Danilo Omar Cabrera Rodríguez, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 22319045, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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