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RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 035-2014-PCM/SD Inscriben en el Registro de
10/17/2014
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 035-2014-PCM/SD Inscriben en el Registro de
Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari de la Provincia de La Mar, en el departamento de Ayacucho, a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 035-2014-PCM/SD Lima, 10 de octubre de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 051-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P, N° 052-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P, N° 053-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P y N° 054-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 035-2014-PCM/SD
Lima, 10 de octubre de 2014
VISTOS:
Los Oficios N° 051-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P, N° 052-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P, N° 053-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P y N° 054-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 005-2012-MDS/ CM de la Municipalidad Distrital de Samugari; el Acta de Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE" de fecha 01 de febrero de 2012; y el Informe N° 096-2014–PCM/SD-OGI-MIRA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos;
Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 341-2011-PCM/SD se dispuso la inscripción de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE".
Esta mancomunidad municipal está integrada por las Municipalidades Distritales de Anco, Ayna, Chungui, Santa Rosa y Tambo de la Provincia de La Mar, Llochegua, Santillana y Sivia de la Provincia de Huanta, en el Departamento de Ayacucho, Kimbiri y Pichari de la Provincia de La Convención, en el Departamento de Cusco, y Mazamari, Pangoa y Río Tambo de la Provincia de Satipo, en el Departamento de Junín;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida;
Que, mediante el Oficio N° 052-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Samugari y presidente de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE" solicita la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari a ésta en el Registro de Mancomunidades Municipales; asimismo, mediante los Oficios N° 051-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P, N° 053-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P y N° 054-2014-MANCOMUNIDAD-AMUVRAE/P se solicitó la inscripción de la elección del presidente del Consejo Directivo de esta entidad, para los periodos 2012, 2013 y 2014, respectivamente;
Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE", en su artículo Vigésimo Tercero, señala que la adhesión de una municipalidad requiere: a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal, con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante, y c) Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante, que aprueba la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, sustentada en el Informe Técnico y en el Acta de Sesión del Consejo Directivo;
Que, el informe técnico presentado expresa la viabilidad para la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE";
Que, el Consejo Directivo mediante el Acta de Sesión Ordinaria, de fecha 01 de febrero de 2012, acordó la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE";
Que, por la Ordenanza N° 005-2012-MDS/CM la Municipalidad Distrital de Samugari ratifica su adhesión a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE";
Que, acorde con el Informe N° 096-2014–PCM/ SD-OGI-MIRA, se concluye que con los documentos presentados para la inscripción del acto de adhesión se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro, debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE", en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari de la Provincia de La Mar, en el Departamento de Ayacucho, a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE".
Artículo 2°.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE", está conformado como sigue:
- Presidente: Heiser Alejandro Anaya Oriundo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Samugari.
- Director: Wílder Manyavilca Silva, alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco.
- Director: Edwin Huamán Mancilla, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ayna.
- Director: Daniel Huamán Juárez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chungui.
- Director: Melitón Pariona Pareja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.
- Director: Jorge Gerardo Espino Flores, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tambo.
- Director: Omer Sinchitullo Ruiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llochegua.
- Director: Renol Silbio Pichardo Ramos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santillana.
- Director: Wilfredo Juárez Rojas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sivia.
- Director: Francisco Gutiérrez Nalvarte, alcalde de la Municipalidad Distrital de Kimbiri.
- Director: Edilberto Floriano Gómez Palomino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pichari.
- Director: Marcelino Cedonio Camarena Torres, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mazamari.
- Director: Jorge Fernando Herhuay Quintana, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa.
- Director: Tarcisio Hilario Mendoza Shirorinti, alcalde de la Municipalidad Distrital de Río Tambo.
Artículo 3°.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico, el Acta de Sesión de Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE" y la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Samugari que ratifica la aprobación de la adhesión, en el Registro de Mancomunidades Municipales.
Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.
Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralización (e)
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