10/16/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 284-2014-MINCETUR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 284-2014-MINCETUR Lima, 15 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Perú viene coordinando con el Ecuador los procedimientos de carácter administrativo y aplicación de las normas de la Comunidad Andina – CAN, con relación al transporte de pasajeros y mercancías que realizan los transportistas peruanos hacia el Ecuador, y viceversa; Que, en dicho marco se llevará a cabo la VI Reunión de la Sub Comisión Técnica Peruano Ecuatoriana sobre Transporte Internacional por Carretera, en la

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 284-2014-MINCETUR
Lima, 15 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el Perú viene coordinando con el Ecuador los procedimientos de carácter administrativo y aplicación de las normas de la Comunidad Andina – CAN, con relación al transporte de pasajeros y mercancías que realizan los transportistas peruanos hacia el Ecuador, y viceversa;

Que, en dicho marco se llevará a cabo la VI Reunión de la Sub Comisión Técnica Peruano Ecuatoriana sobre Transporte Internacional por Carretera, en la ciudad de Huaquillas, República del Ecuador, del 16 al 17 de octubre de 2014, con el objeto de tratar temas tales como la aplicación de los sistemas de Registro ECUAPASS e INTA-PG.27, diferencias en los sistemas de pre-chequeo (aduana y migración), procedimientos de control en el tránsito fronterizo, aplicación de los seguros, y el transporte de materiales peligrosos, entre otros;

Que, a dicho evento asistirán funcionarios de ambos países, responsables de los sectores aduanas, migraciones, policía, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR y representantes de los transportistas, donde se abordarán los temas antes mencionados, a fin de presentar propuestas concordantes con la normativa comunitaria, que permita lograr la homologación de las normas respectivas y se establezcan los procedimientos que elimine trabas y requisitos no considerados en la norma subregional;

Que, es necesaria la participación en dicha reunión de un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, por ser un organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior, responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, encargado de velar el cumplimiento de los compromisos en el marco de dichos procesos, entre ellos, el de la Comunidad Andina;

Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de los señores Julián Cipriano Gamero Alania y María Elena Lucana Poma, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en dicho evento;

Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Huaquillas, República del Ecuador, del 16 al 17 de octubre de 2014, de los señores Julián Cipriano Gamero Alania y María Elena Lucana Poma, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la VI Reunión de la Sub Comisión Técnica Peruano Ecuatoriana sobre Transporte Internacional por Carretera, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 508,27 x 2 personas) : US$ 1 016,54
Viáticos (US$ 370,00 x 2 días x 2 personas) : US$ 1 480,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, deberá presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá;
asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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