10/17/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 777-2014/MINSA Aprueban conformación del "Comité Nacional Asesor de

Aprueban conformación del "Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 777-2014/MINSA Lima, 16 de octubre del 2014 CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad
Aprueban conformación del "Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 777-2014/MINSA
Lima, 16 de octubre del 2014
CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en Salud de las Personas;

Que, asimismo, el literal a) del artículo 5 de la precitada Ley dispone que es función rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como "Dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, (…)", conforme se desprende del literal b) del artículo 5 de la precitada Ley;

Que, de acuerdo a lo previsto en el literal a) del artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, la Dirección General de Epidemiología, es el órgano responsable de conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública y del análisis de situación de salud del Perú, estando a cargo de la función general de diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito nacional;

Que, con fecha 06 de agosto de 2014, la Organización Panamericana de la Salud/ Organización Mundial de la Salud ha recomendado que ante la situación actual de la enfermedad por el virus de Ébola (EVE) en el África Occidental, los Estados Miembros deben permanecer vigilantes ante la potencial introducción del EVE en las Américas, concientizar y ampliar el conocimiento de la enfermedad en los trabajadores de la salud, y fortalecer la implementación de las medidas prevención y control de infecciones, en todos los niveles de atención de los servicios de salud;

Que, el 8 de agosto de 2014, la Directora General de la Organización Mundial de la Salud declaró el brote de Enfermedad por Virus Ébola en África Occidental como una Emergencia de Salud Pública de importancia internacional;

Que, mediante Código: AE-DEVE N° 005-2014, de fecha 07 de agosto de 2014, el Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Epidemiología, emitió la Alerta Epidemiológica, ante la propagación de la enfermedad del virus del Ébola y riesgo de su ingreso al País;

Que, por Resolución Ministerial N° 763-2014/ MINSA
se aprobó el Documento Técnico: Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a la posible Introducción del virus del Ébola", cuyo objetivo es preparar los sistemas de vigilancia y respuesta frente al riesgo de introducción de la enfermedad del virus del Ébola (EVE) en territorio peruano, priorizando los puntos de entrada;

Que, en virtud de ello, la Dirección General de Epidemiología ha propuesto la conformación de un Comité de Expertos, con la finalidad de brindar asesoramiento al Ministerio de Salud en las acciones de preparación y respuesta ante el riesgo de introducción del virus Ébola en el Perú;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Epidemiología;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro ( e ) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conformación de Comité Nacional Aprobar la conformación del "Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola" con la finalidad de brindar asesoramiento al Ministerio de Salud en las acciones de preparación y respuesta ante el riesgo de introducción del virus Ébola en el Perú.

Artículo 2°.- Integrantes Dicho Comité está conformado por los siguientes integrantes:
a) Percy Luis Minaya León, quien lo preside.

Médico Epidemiólogo – Alta Dirección del Ministerio de Salud.
b) José Eduardo Gotuzzo Herencia Médico Infectólogo - Hospital Nacional Cayetano Heredia.
c) Ciro Peregrino Maguiña Vargas Médico Infectólogo - Hospital Nacional Cayetano Heredia.
d) Eduardo Demetrio Matos Prado Médico Infectólogo - Hospital Nacional Arzobispo Loayza e) Manuel Jesús Mayorga Espichán Médico Intensivista - Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú.
f) Máximo Manuel Espinoza Silva Médico Infectólogo - Instituto Nacional de Salud.
g) Gladys María Garro Nuñez Enfermera Epidemióloga - Dirección General de Epidemiología h) José Luis Bolarte Espinoza Médico Epidemiólogo - Hospital Nacional Dos de Mayo.
i) Lizardo Alfredo Guillén Oneeglio Médico Microbiólogo Artículo 3°.- De las Funciones El Comité de Expertos tendrá las siguientes funciones:
a) Monitorear la implementación del "Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a la posible Introducción del Virus Ébola"
b) Poner a prueba y actualizar el "Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a la posible Introducción del Virus Ébola.
c) Apoyar en la elaboración de guías y protocolos de atención.
d) Asesorar en la implementación de medidas de control de infecciones, uso adecuado de equipos de protección personal (EPP), traslado de pacientes y manejo clínico.
e) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias para emitir opinión y recomendaciones respecto al riesgo de transmisión de Ébola y avances en la preparación.
f) Invitar a otros expertos profesionales del Ministerio de Salud, de los Servicios de Salud y representantes de otras instituciones públicas o privadas, así como expertos del nivel internacional, de acuerdo al criterio estimado por el comité.
g) Mantener informada a la Alta Dirección del Ministerio de Salud sobre las acciones implementadas y ejecutadas.

Artículo 4°.- De los gastos La actuación del Comité de Expertos, no generará gastos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5°.- De la publicación Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección:
http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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