11/07/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 021-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdo del Consejo Directivo Ad Hoc que aprobó renovar a diversos profesionales la certificación como Evaluadores de Competencias en las carreras de Enfermería, Obstetricia y Psicología RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 021-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 5 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 043-2014/SINEACE/ST-DEC-ESU, 044-2014/SINEACE/ST-DEC-ESU y 0119-2014/SINEACE/ST-DEC-ESU, de la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior Universitaria del SINEACE;
Oficializan Acuerdo del Consejo Directivo Ad Hoc que aprobó renovar a diversos profesionales la certificación como Evaluadores de Competencias en las carreras de Enfermería, Obstetricia y Psicología
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 021-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
Lima, 5 de noviembre de 2014
VISTOS:

Los Oficios N° 043-2014/SINEACE/ST-DEC-ESU, 044-2014/SINEACE/ST-DEC-ESU y 0119-2014/SINEACE/ST-DEC-ESU, de la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior Universitaria del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, el artículo 21°, numeral 21.2, del Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED establece que para ser autorizado como entidad certificadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y de uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certificados por el órgano operador competente;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;

Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior Universitaria, presenta los informes de la primera, segunda y cuarta jornada de evaluación para renovación de la certificación de Evaluadores de Competencias profesionales, en los que se recomienda la renovación de certificación y registro a 43 profesionales: 21 de Enfermería, 16 de Obstetricia y 6 de Psicología;

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 049-2014-CDAH de sesión del fecha 22 de octubre 2014, se aprobó otorgar la renovación y registro de la certificación como Evaluadores de Competencias a los profesionales antes mencionados;

De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, la Ley N° 30220
Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 049-2014-CDAH
de sesión del fecha 22 de octubre del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó otorgar la renovación de la certificación como Evaluadores de Competencias en las carreras de Enfermería, Obstetricia y Psicología, a los profesionales comprendidos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Superior Universitaria", a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE

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