1/16/2015

Res.Vice. N° 23-2015-MTC/03

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 23-2015-MTC/03 Lima, 8 de enero del 2015 VISTO, el escrito de registro N° 2014-002213, presentado por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, sobre renovación de la autorización que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusión por televisión educativa en VHF en la localidad de Sicuani, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial N° 019-2004-MTC/03 del 06 de febrero de 2004, se otorgó a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, autorización y permiso de

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 23-2015-MTC/03
Lima, 8 de enero del 2015
VISTO, el escrito de registro N° 2014-002213, presentado por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, sobre renovación de la autorización que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusión por televisión educativa en VHF en la localidad de Sicuani, departamento de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Viceministerial N° 019-2004-MTC/03 del 06 de febrero de 2004, se otorgó a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, para establecer y operar una estación del servicio de radiodifusión por televisión educativa en VHF, en la localidad de Sicuani, departamento de Cusco; con vencimiento de su plazo de vigencia al 16 de febrero de 2014;

Que, con escrito de registro N° 2014-002213 del 10
de enero de 2014, la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL
solicitó la renovación de su autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 019-2004-MTC/03;

Que, conforme al artículo 15° de la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, concordado con los artículos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos;

Que, los artículos 69°, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud puede presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización otorgada; verificándose en el presente caso, que la solicitud de renovación fue presentada el 10 de enero de 2014, esto es, dentro del plazo establecido;

Que, el artículo 19° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, establece entre otros, que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días;

Que, mediante Informe N° 0156-2014-MTC/29.02.01.

Ecer.cusco del 28 de junio de 2014, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones da cuenta de la inspección técnica efectuada el 27 de junio de 2014 a la estación de radiodifusión de la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL, concluyendo que brinda el servicio de radiodifusión educativa por televisión en VHF, de acuerdo con las Normas Técnicas de Radiodifusión y con las características técnicas autorizadas; asimismo, opera con equipos homologados;

Que, mediante Informe N° 2636-2014-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera viable renovar a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL la autorización señalada en el primer considerando, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y de los requisitos previstos para tal efecto; y que la titular y sus miembros no se encuentran incursos en los impedimentos o causales para denegar la renovación de una autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278 y su modificatoria, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Renovar la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 019-2004-MTC/03
a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 16 de febrero de 2024, para prestar el servicio de radiodifusión por televisión educativa en VHF en la localidad de Sicuani, departamento de Cusco.

Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 3°.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica, no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma.

Artículo 4°.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC.

Artículo 5°.- La renovación de autorización que se otorga en la presente Resolución deberá adecuarse a las disposiciones del Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital en el Perú y normas complementarias.

Artículo 6°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HENRRY ZAIRA ROJAS
Viceministro de Comunicaciones (e)

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