Inicio
Energia y Minas
Poder Ejecutivo
RM N° 014-2014-MEM/DM Modifican el TUPA de la Dirección General de Minería
1/16/2015
RM N° 014-2014-MEM/DM Modifican el TUPA de la Dirección General de Minería
Modifican el TUPA de la Dirección General de Minería RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2014-MEM/DM Lima, 13 de enero de 2015 VISTO: El Memorándum N° 013-2015/MEM/DGM y el Informe N° 001-2015-MEM/OGP/DIR, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que expresa opinión favorable para la simplificación de procedimientos administrativos de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2014-MEM/DM
Lima, 13 de enero de 2015
VISTO: El Memorándum N° 013-2015/MEM/DGM
y el Informe N° 001-2015-MEM/OGP/DIR, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que expresa opinión favorable para la simplificación de procedimientos administrativos de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar ser sencillos, racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria, en virtud del principio de simplicidad del procedimiento administrativo previsto en el numeral 1.13 del artículo IV
del Título Preliminar, del numeral 39.1 del artículo 39 y del numeral 10 del artículo 55 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, del numeral 3 del artículo ll del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Que, de acuerdo al numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación y simplificación de los procedimientos podrán aprobarse por resolución ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del artículo 38 de dicha ley, toda modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de los ministerios, que no implique la creación de nuevos procedimientos, se podrá realizar por resolución ministerial del sector;
Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, se modificó el artículo 79 del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, disponiéndose que los procedimientos para el otorgamiento de la licencia de uso de agua son: a)
Autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica; b) Acreditación de disponibilidad hídrica; c)
Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico;
Que, asimismo, el numeral 85.1 del artículo 85 de la norma mencionada en el considerando anterior regula el otorgamiento de la licencia de uso de agua que requiere al solicitante, sin exigirle mayor trámite que la verificación técnica en campo de que las obras de aprovechamiento hídrico hayan sido ejecutadas conforme a la autorización otorgada;
Que, en virtud de dichas modificaciones resulta necesario compatibilizar el procedimiento de otorgamiento de concesión de beneficio de la Dirección General de Minería no siendo necesaria la aprobación de estudios de aprovechamiento hídrico por cuanto dicho procedimiento ya no existe, ni el informe técnico favorable respecto de la construcción de las obras del proyecto minero metalúrgico por cuanto éste ya no es requisito para el otorgamiento de la licencia de uso de aguas, conforme lo disponía el Decreto Supremo N° 014-2011-EM;
Que, en el marco de las políticas de modernización y facilitación de la atención al ciudadano establecidas por la Presidencia de la República, se ha visto por conveniente simplificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas - TUPA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM;
Con el visto bueno del Viceministro de Minas, del Secretario General, de la Dirección General de Minería y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 001-2015-EM que aprueba disposiciones para procedimientos mineros que impulsen proyectos de inversión y las normas citadas precedentemente, y en uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Simplificación del TUPA de la Dirección General de Minería Simplifíquese y actualícese el TUPA de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, en el procedimiento administrativo CM01 Otorgamiento, Modificación y Oposición de Concesión de Beneficio, según el Anexo adjunto.
Artículo 2.- Publicación Publíquese la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y el documento Anexo a que se refiere la presente resolución en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.
serviciosalciudadano.gob.pe) así como en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.
minem.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)