4/11/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 135-2015-EF/43

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 135-2015-EF/43 Lima, 10 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, las Reuniones de Primavera de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial (GBM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI), se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 17 al 19 de abril de 2015; asimismo, se han programado reuniones previas como seminarios, sesiones informativas regionales, conferencias de prensa y muchos otros eventos centrados en la economía mundial, el desarrollo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 135-2015-EF/43
Lima, 10 de abril de 2015
CONSIDERANDO:

Que, las Reuniones de Primavera de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial (GBM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI), se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 17 al 19 de abril de 2015; asimismo, se han programado reuniones previas como seminarios, sesiones informativas regionales, conferencias de prensa y muchos otros eventos centrados en la economía mundial, el desarrollo internacional y los mercados financieros mundiales, iniciándose éstas el día 13 de abril de 2015;

Que, el objetivo de las Reuniones de Primavera es debatir diferentes temas relacionados con la perspectiva económica mundial de crecimiento y desarrollo, así como la eficacia de la ayuda internacional a los países en vías de desarrollo;

Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Carlos Adrián Linares Peñaloza, Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para que participe en los eventos mencionados; por la vinculación de los temas a tratar con los aspectos económicos que se encuentran bajo las competencias de este Ministerio;

Que, el literal f) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo para participar en las reuniones de los organismos multilaterales financieros de los que el país es miembro, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;

Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado en comisión de servicios, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; así como, la Directiva N° 002-2015-EF/43.01
– Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43 y modificada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Adrián Linares Peñaloza, Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, del 15 al 20 de abril de 2015, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos : US$ 1 457,58
Viáticos (3 + 1 día) : US$ 1 760,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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