4/15/2015

RESOLUCIÓN N° 195-2015/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN N° 195-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 16 de marzo del 2015 Visto el Expediente N° 200-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 641 623,90 m², ubicadoa la margen izquierda del ramal carretera Panamericana Sur, aproximadamente el Km. 40, en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes

RESOLUCIÓN N° 195-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 16 de marzo del 2015
Visto el Expediente N° 200-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 641 623,90
m², ubicadoa la margen izquierda del ramal carretera Panamericana Sur, aproximadamente el Km. 40, en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de641 623,90 m², ubicado a la margen izquierda del ramal carretera Panamericana Sur, aproximadamente el Km. 40, en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, mediante Oficio N° 026-2015-Z.R.N° XIII-ORI de fecha 19 de enero de (fojas 03) la Zona Registral N° XIII-Sede Tacna, remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 12 de enero de sobre la base del Informe Técnico N° 854-2014-Z.R.N° XIII/UREG-ORT-R de fecha 29 de diciembre de 2014 (fojas 04), donde señala que se encuentra totalmente sobre ámbito que no se puede determinar los antecedentes registrales;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 12 de febrero de (fojas 07) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, el mismo que presenta una topografía plana y con tipo de suelo arcilloso;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 641 623,90m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0245-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 11 de marzo de (fojas15 al 17);

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 641
623,90 m², ubicado a la margen izquierda del ramal carretera Panamericana Sur, aproximadamente el Km.

40, en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua;según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ilo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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