5/15/2015

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 025-2015-CD-OSITRAN Aprueban modificación del "Reglamento de

Aprueban modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A." RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 025-2015-CD-OSITRAN Lima, 6 de mayo de 2015 VISTOS: El Informe N° 0168-2015-JCRV-GSF-OSITRAN, de fecha 27 de abril de 2015, que contiene la evaluación de la versión final del Proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A. CONSIDERANDO: Que, la misión de OSITRAN es regular
Aprueban modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A."
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 025-2015-CD-OSITRAN
Lima, 6 de mayo de 2015
VISTOS:

El Informe N° 0168-2015-JCRV-GSF-OSITRAN, de fecha 27 de abril de 2015, que contiene la evaluación de la versión final del Proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A.

CONSIDERANDO:

Que, la misión de OSITRAN es regular el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, así como, el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios, a fin de garantizar la eficiencia en la explotación de la infraestructura bajo su ámbito;

Que, el literal c) del numeral 3.1 de la Ley N° 27332, señala que los Reguladores, entre ellos OSITRAN, ejercen la función normativa que comprende la facultad de dictar en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios;

Que, en el artículo 12 del Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modificatorias, se establece que la referida función normativa es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo del OSITRAN y se ejerce a través de resoluciones;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 019-2011-CD-OSITRAN se aprobó el nuevo "Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN" y con Resolución de Consejo Directivo No. 034-2011-CD-OSITRAN se modificaron los Artículos 12 y 41, así como la Tercera y Cuarta Disposiciones Transitorias y Complementarias, y se agregó la Quinta Disposición Transitoria y Complementaria;

Que, mediante Carta N° 3724-CINSA-OSITRAN
recibida el 15 de enero del 2015, la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A., remitió el Proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios para su aprobación por parte de OSITRAN;

Que, a través del Oficio N° 1404-2015-GSF-OSITRAN
de fecha 9 de marzo de 2015, se le hizo llegar al Concesionario el Informe N° 0726-2015-GSF-OSITRAN, el mismo que contenía las observaciones al Proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios;

Que, con fecha 23 de marzo del 2015, la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A. presentó la Carta N° 3860-CINSA-OSITRAN, que contiene el levantamiento de las observaciones planteadas al Proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios mediante el Informe N° 0726-2015-GSF-OSITRAN;

Que, luego de evaluar y deliberar respecto del tema objeto de análisis, el Consejo Directivo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, hace suyo e incorpora íntegramente a la parte considerativa de la presente resolución el informe de vistos, a través del cual la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, analizó el Proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios presentado por la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A. y verificó que cumple con los requisitos exigidos por el marco normativo del Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN;

Por lo expuesto, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 547-2015-CD-OSITRAN de fecha 06 de mayo de 2015;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A.", sobre la base del Informe N° 0168-2015-JCRV-GSF-OSITRAN, el mismo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2. Disponer que la Oficina de Comunicación Corporativa de OSITRAN difunda la presente Resolución en el Portal Institucional de OSITRAN y realice las acciones necesarias para su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3. Disponer que la Gerencia de Supervisión y Fiscalización notifique la presente Resolución y el Informe N° 0168-2015-JCRV-GSF-OSITRAN a la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.A., así como disponer que la empresa Concesionaria IIRSA
Norte S.A. difunda en su página web su Reglamento de Atención y Solución de Reclamos, a partir del día siguiente a la fecha en que el OSITRAN haya publicado en el Diario Oficial "El Peruano" la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA BENAVENTE DONAYRE
Presidente del Consejo Directivo

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