5/04/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0187-2015-MINAGRI Oficializan evento denominado XII Congreso Nacional de

Oficializan evento denominado XII Congreso Nacional de Ingeniería Agrícola "XII CONIA – 2015", a realizarse en el departamento de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0187-2015-MINAGRI Lima, 29 de abril de 2015 VISTO: El Oficio N° 007-2015-R-UNA-PUNO, del Rector de la Universidad Nacional del Altiplano – UNA, la Carta N° 010-2015-FIA-UNA-PUNO, del Decano de la Facultad de Ingeniería Agrícola de la Universidad Nacional del Altiplano, el Oficio N° 356-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE, que adjunta el Informe Técnico N° 002-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE/JRM,
Oficializan evento denominado XII Congreso Nacional de Ingeniería Agrícola "XII CONIA – 2015", a realizarse en el departamento de Puno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0187-2015-MINAGRI
Lima, 29 de abril de 2015
VISTO:

El Oficio N° 007-2015-R-UNA-PUNO, del Rector de la Universidad Nacional del Altiplano – UNA, la Carta N° 010-2015-FIA-UNA-PUNO, del Decano de la Facultad de Ingeniería Agrícola de la Universidad Nacional del Altiplano, el Oficio N° 356-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE, que adjunta el Informe Técnico N° 002-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE/JRM, de la Dirección General de Negocios Agrarios, y el Informe N° 320-2015-MINAGRI-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, que modifica el Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, establecen que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de sus competencias compartidas, promueve la organización de los productores agrarios, la identificación y estructuración de cadenas productivas y la gestión agraria basada en calidad; establece los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante, y desarrolla y promueve la investigación, capacitación, extensión, transferencia de tecnología para el desarrollo y sectores e instituciones que correspondan;

Que, es política del Ministerio de Agricultura y Riego, promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios, con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales o jurídicas, vinculados a la producción agraria a nivel nacional, regional y local; así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agricultura y Riego;

Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 27
del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG, los congresos son eventos científicos, técnicos o académicos sobre intereses comunes relacionados con el desarrollo del Sector Agrario; su organización corresponde, entre otros, a las universidades con facultades en ciencias agrarias o medicina veterinaria;

Que, los artículos 9 y 15 del referido Reglamento, establecen que el MINAGRI autoriza las Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel internacional que se realicen en el país, mediante resolución ministerial, y a propuesta de la Dirección General de Promoción Agraria, cuyas funciones actualmente se encuentran a cargo de la Dirección General de Negocios Agrarios, conforme a los artículos 58, 59 y 62 del Reglamento de Organización y Funciones del MINAGRI, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI;

Que, mediante Oficio N° 007-2015-R-UNA-PUNO, recibido en fecha 21 de enero de 2015, del Rector de la Universidad Nacional del Altiplano – UNA y Carta N° 010-2015-FIA-UNA-PUNO, recibida en fecha 04 de marzo de 2015, del Decano de la Facultad de Ingeniería Agrícola de la referida Universidad, se solicita la oficialización del evento XII Congreso Nacional de Ingeniería Agrícola "XII CONIA – 2015", a realizarse entre el 03 y 06 de noviembre de 2015, en las instalaciones de la Universidad Nacional del Altiplano de la ciudad de Puno, provincia y departamento de Puno, Perú, organizado por la Facultad de Ingeniería Agrícola de la referida casa de estudios, adjuntando los requisitos respectivos;

Que, la Dirección General de Negocios Agrarios, mediante el Oficio N° 356-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE, adjunta el Informe Técnico N° 002-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE/JRM, de fecha 17 de marzo de 2015, señalando que la Universidad Nacional del Altiplano ha remitido los requisitos para el trámite de oficialización del referido evento, recomendando la oficialización del mismo, el cual tiene por objetivo reunir a científicos, investigadores, conferencistas, docentes y estudiantes nacionales e internacionales para abordar temas científicos y tecnológicos del área de competencia de la ingeniería agrícola y carreras afines en este nuevo milenio, compartir e intercambiar experiencias, debatir los problemas de interés y actualidad e impulsar el desarrollo del ejercicio profesional de la Ingeniería Agrícola en el Perú y Latinoamérica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; el Decreto Supremo N° 008-2002-AG que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Agricultura y Riego, sus modificatorias, y la Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG, que aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficializar el evento denominado XII
Congreso Nacional de Ingeniería Agrícola "XII CONIA
– 2015", a realizarse entre el 03 y 06 de noviembre de 2015, en las instalaciones de la Universidad Nacional del Altiplano de la ciudad de Puno, provincia y departamento de Puno, Perú, organizado por la Facultad de Ingeniería Agrícola de la referida casa de estudios.

Artículo 2.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Agricultura y Riego.

Artículo 3.- El Comité Organizador del evento a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, presentará al Ministerio de Agricultura y Riego, un informe final de su gestión, dentro de los treinta (30) días de finalizado el evento, conforme lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.