5/02/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2015-TR

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2015-TR Lima, 1 de mayo de 2015 VISTO: Con fecha 28 de abril de 2015, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Hugo Walter Carrasco Mendoza para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Oficial; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3 y 21 del Reglamento de la "Orden del Trabajo",

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2015-TR
Lima, 1 de mayo de 2015
VISTO: Con fecha 28 de abril de 2015, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Hugo Walter Carrasco Mendoza para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Oficial; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3 y 21 del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios;

Que, asimismo, el artículo 22 del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrificio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios: (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta significación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye significativamente al mejoramiento del Sector, y (v) el desempeño eficiente en comisión de excepcional importancia o beneficio de las relaciones de trabajo o de la seguridad social;

Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Hugo Walter Carrasco Mendoza es abogado laboralista y actualmente designado como Director de Capacitación y Difusión Laboral de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, cuenta con más de quince años de servicios como funcionario público, desempeñándose de manera eficiente en las diferentes áreas del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, entre las que destaca el ejercicio de funciones como Asesor del Despacho Ministerial, Asesor Técnico de Alta Dirección, Director Regional de Trabajo y Promoción Social de Lima-Callao, Director de Políticas y Normativa del Trabajo, Asesor del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo y Asesor de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo;

Que, ha demostrado a lo largo de su trayectoria profesional una continua preocupación por el mejor diseño y formulación de normas relacionadas con los derechos laborales fundamentales en general, y de los derechos de los grupos vulnerables en particular;

Que, destaca su aporte en la Defensoría del Pueblo como Jefe del Área de Administración Estatal durante 3 años, conformando el equipo que elaboró el Informe Defensorial N° 85 "La situación de los sistemas públicos de pensiones de los Decretos Leyes N° 19990 y 20530:

Los derechos adquiridos, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la necesidad de una reforma integral";

Que, por su importante aporte a la función pública ha sido reconocido por el Estado con la "Orden del Servicio Civil del Estado en el grado de Medalla de Bronce" (1999)
y por el Colegio de Abogados de Lima con la "Premiación del Abogado con Habilidades Diferentes" (2014), por su destacado desempeño laboral;

Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N° 20585; el artículo 4 del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de "Oficial" al señor HUGO
WALTER CARRASCO MENDOZA, extendiéndose el Diploma correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
DANIEL MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.