6/20/2015

DECRETO SUPREMO N° 142-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN DECRETO SUPREMO N° 142-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo se crea el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN
DECRETO SUPREMO N° 142-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo se crea el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, encargado de regular, normar, supervisar y fiscalizar, dentro del ámbito de su competencia, el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario.

Que, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del OSITRAN, durante el año fiscal 2015, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios con cargo a su presupuesto institucional, hasta por la suma de CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS
MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 5 232 465,00), a fin de garantizar la sostenibilidad de la supervisión de las obras de la Segunda Etapa de Construcción del Tramo Ancón - Huacho -Pativilca de la Carretera Panamericana Norte; modificación presupuestaria que se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último;

Que, asimismo, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, señala que para efectos de lo establecido, el pliego OSITRAN queda exonerado de lo establecido en el artículo 73 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;

Que, a través del Oficio N° 131-2015-GG-OSITRAN
el Gerente General del OSITRAN, solicita a la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hacer efectivo el desembolso del monto contemplado en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a fin de cumplir con los compromisos de pago que asuma en materia de supervisión de la ejecución de las obras de la Segunda Etapa para la Construcción del Tramo Ancón - Huacho - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte;

Que, mediante Memorándum N° 1432-2015-MTC/25, la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 479-2015-MTC/25 del Área Legal, Técnica y Financiera de la citada Dirección General, en el cual se considera conforme la transferencia de recursos a favor de OSITRAN hasta por la suma de CINCO MILLONES
DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5
232 465,00), en el marco de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a fin de garantizar la sostenibilidad de la supervisión de las obras de la Segunda Etapa de Construcción del Tramo Ancón - Huacho - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte;

Que, a través del Memorando N° 1397-2015-MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 433-2015-MTC/09.03, ampliado por el Informe N° 593-2015-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas, a favor del pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a fin de garantizar la sostenibilidad de la supervisión de las obras de la Segunda Etapa de la Construcción del Tramo Ancón - Huacho - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 0623-2015-MTC/04, el referido Ministerio solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de
CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS
MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 5 232 465,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del presupuesto institucional del año fiscal del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001:

Administración General, a favor del pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CINCO MILLONES DOSCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/..5.232.465,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, a fin de garantizar la sostenibilidad de la supervisión de las obras de la Segunda Etapa de Construcción del Tramo Ancón - Huacho - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 5 232 465,00
------------------TOTAL EGRESOS 5 232 465,00
==========
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 022 : Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público
ASIGNACIONES
PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN
EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001238 : Supervisión y Fiscalización de Servicios de Infraestructura de Transporte de Uso Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 5 232 465,00
------------------TOTAL EGRESOS 5 232 465,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23
del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.