6/16/2015

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 075-2015-CONCYTEC-P

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 075-2015-CONCYTEC-P Lima, 12 de junio de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 02-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Evaluación y Selección, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Oficio N° 204-2015-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, el Informe N° 151-2015-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 075-2015-CONCYTEC-P
Lima, 12 de junio de 2015
VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 02-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Evaluación y Selección, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Oficio N° 204-2015-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, el Informe N° 151-2015-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, y el Informe N° 138-2015-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en los Decretos Supremos N° 058-2011-PCM y N° 067-2012-PCM;

Que, a través de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificada por la Ley N° 28613, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera;

Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015;

Que, asimismo, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 038-2015-CONCYTEC-P , modificada por Resolución de Presidencia N° 064-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", cuya finalidad es establecer el procedimiento, competencias y responsabilidades para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones regulados en la referida Disposición Complementaria Final;

Que, mediante Oficio N° 204-2015-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita aprobar la transferencia financiera por la suma de Un Millón Doscientos Noventa y Dos Mil Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1?292,040.00) y el otorgamiento de subvención por la suma de Dos Millones Novecientos Once Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2?911,500.00), generando un monto total de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/.

4?203,540.00), para la extensión de los Programas de Maestría en Universidades Peruanas Convocatoria 2013
para el Año 2015, aprobada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 074-2015-FONDECYT-DE;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT adjunta a su Oficio N° 204-2015-FONDECYT-DE, el Informe Técnico Legal N° 02-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, suscrito por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Evaluación y Selección, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, que determina la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de la transferencia financiera y el otorgamiento de subvención por un monto total de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4?203,540.00), de los cuales la suma de Un Millón Doscientos Noventa y Dos Mil Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1?292,040.00)
corresponde a la Transferencia que se efectuará a la Universidad Nacional de Tumbes (S/. 807,000.00) y a la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/. 485,040.00);
y la suma de Dos Millones Novecientos Once Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2?911,500.00)
corresponde al Otorgamiento de Subvenciones que se efectuará a la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/.

1?632,000.00), a la Universidad de Piura (S/. 853,500.00) y a la Universidad Católica de Santa María (S/. 426,000.00), asimismo, adjunta el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000352, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 074-2015-FONDECYT-DE, y copias de los Convenios de Gestión N° 024, N° 025, N° 030, N° 031, N° 033 y N° 036-2015-FONDECYT;

Que, mediante Informe N° 151-2015-CONCYTEC-OGPP, del 9 de junio del 2015, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC
informa que la transferencia financiera y el otorgamiento de subvención solicitados por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal por la suma de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4?203,540.00);

Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000352 de la Unidad Ejecutora 002:

FONDECYT por el monto de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/.

4?203,540.00) financiará la extensión de la Convocatoria 2013 para el Año del Esquema Financiero "Programa de Maestrías en Universidades Peruanas";

Que, mediante Informe N° 138-2015-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, señala que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal N° 02-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES emitido por el FONDECYT, y en el informe presupuestal de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, se ha cumplido con lo dispuesto en el Numeral 4.2 de la Directiva N° 002-2015-CONCYTEC-OGPP;

Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento de subvención solicitados por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, hasta por la suma de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4?203,540.00);

Con el visto bueno del Secretario General, del Jefe (e)
de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, y en la Directiva N° 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada por Resolución de Presidencia N° 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resolución de Presidencia N° 064-2015-CONCYTEC-P;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento de subvención, por la suma de Cuatro Millones Doscientos Tres Mil Quinientos Cuarenta y 00/100
Nuevos Soles (S/. 4?203,540.00), en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, conforme al detalle siguiente:

N° Tipo de financiamiento Institución Monto aprobado
S/.

1 Transferencia financiera (entidad pública)
Universidad Nacional de Tumbes 807,000.00 1?292,040.00
2 Universidad Nacional Agraria La Molina 485,040.00
3 Subvención (persona jurídica privada)
Universidad Peruana Cayetano Heredia (2)
1?632,000.00 2?911,500.00
4 Universidad de Piura 853,500.00
5 Universidad Católica de Santa María 426,000.00
Monto Total S/. 4?203,540.00
Artículo 2°.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA ORJEDA
Presidente
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Nacional del Servicio Civil

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