7/10/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 146-2015/SIS Aprueban aplicación de cobros realizados a prestaciones

Aprueban aplicación de cobros realizados a prestaciones económicas de sepelio RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 146-2015/SIS Lima, 8 de julio de 2015 VISTOS: El Informe N° 001-2015-SIS-GNF-SGLP-MLR-PCT con Proveído N° 227-2015-SIS-GNF, emitidos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre la aplicación de los cobros realizados a Prestaciones Económicas de sepelio, el Memorando N° 286-2015-SIS/OGPPDO, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 044-2015-SIS/ OGAJ de la
Aprueban aplicación de cobros realizados a prestaciones económicas de sepelio
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 146-2015/SIS
Lima, 8 de julio de 2015
VISTOS: El Informe N° 001-2015-SIS-GNF-SGLP-MLR-PCT con Proveído N° 227-2015-SIS-GNF, emitidos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre la aplicación de los cobros realizados a Prestaciones Económicas de sepelio, el Memorando N° 286-2015-SIS/OGPPDO, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 044-2015-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el T exto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, a través del artículo 2 del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;

Que, de acuerdo al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa N° 001-2013/SIS/GNF, que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio para los Afiliados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural N° 202-2013/ SIS, la misma que dispone que "La Oficina General de Administración de Recursos, efectúa el proceso de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las prestaciones económicas de sepelios, con la emisión de la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria";

Que, con Memorando N° 286-2015-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestal N° 960 para la liquidación de prestaciones económicas de sepelio correspondiente a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios;

Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de aprobar la aplicación de cobros realizados a las Prestaciones Económicas de Sepelio;

Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Oficina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la aplicación de cobros realizados a prestaciones económicas de sepelio, a la cuenta pagadora por la suma total de TREINTA MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 30,350.00)
con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle.
00-Recursos Ordinarios S/. 30,350.00
TOTAL S/. 30,350.00
Artículo 2.- Aprobar la aplicación de los cobros realizados a prestaciones económicas de sepelio por el importe de DIEZ MIL CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 10,050.00), que se encuentran en la Cuenta Bancaria del Banco de la Nación.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano", así como coordinar con la Oficina General de Tecnología de la Información, la publicación en el portal del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese;

PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud

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