8/19/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0225-2015-ONAGI-J Dejan sin efecto artículos de la R.J. N°

Dejan sin efecto artículos de la R.J. Nº 0610-2014-ONAGI-J, y delegan en el Secretario General (e) de la ONAGI facultades para aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0225-2015-ONAGI-J Lima, 18 de agosto del 2015 VISTO: El Informe Nº 040-2015-ONAGI-OGPP-OOM de fecha 07 de agosto de 2015 formulado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto
Dejan sin efecto artículos de la R.J. Nº 0610-2014-ONAGI-J, y delegan en el Secretario General (e) de la ONAGI facultades para aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0225-2015-ONAGI-J
Lima, 18 de agosto del 2015
VISTO:

El Informe Nº 040-2015-ONAGI-OGPP-OOM de fecha 07 de agosto de 2015 formulado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina Nacional de Gobierno Interior;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140 se crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestal, adscrita al Ministerio del Interior;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0610-2014-ONAGI-J de fecha 31 de diciembre de 2014, se ratificó la desconcentración de facultades a favor de la Jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, para la formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro de la Unidad Ejecutora 001: Oficina Nacional de Gobierno Interior del Pliego 071: Oficina Nacional de Gobierno Interior, correspondiente al Año Fiscal 2015, contenida en la Resolución Jefatural Nº 0009-2014-ONAGI-J, de fecha 15 de enero de 2014 y la Resolución Jefatural Nº 0477-2014-ONAGI-J, de fecha 06 de agosto de 2014;

Que, el inciso 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411
- Ley General del Sistema nacional de Presupuesto establece que; "Las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad.

El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano";

Que, el artículo IX del Título Preliminar de la precitada norma, señala que: "El Presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y coincide con el año calendario.

Durante dicho periodo se afectan los ingresos percibidos dentro del año fiscal, cualquiera sea la fecha en los que se hayan generado, así como los gastos devengados que se hayan producido con cargo a los respectivos créditos presupuestarios durante el año fiscal";

Que, el numeral 15 del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1140, establece que el Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, puede delegar las atribuciones que estime conveniente en el Secretario General u otros funcionarios de la Oficina Nacional de Gobierno Interior siempre que no sean privativas a su función;

Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 74.1 del artículo 74º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentra en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, siguiendo los criterios establecidos en la indicada Ley;

Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como finalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; siendo uno de sus objetivos lograr alcanzar que las Entidades se descentralicen y/o desconcentren;

Que, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes y el informe del visto, a fin de simplificar los trámites, resulta conveniente delegar las facultades para la formalización de modificaciones presupuestales en el Secretario General (e) de la Oficina Nacional de Gobierno Interior;

Con el visto del Secretario General (e) y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior,
SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto los artículos 1º y 2º de la Resolución Jefatural Nº 0610-2014-ONAGI-J de fecha 31 de diciembre de 2014, que ratifica la desconcentración de facultades a favor de la Jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para la formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro de la Unidad Ejecutora 001:

ONAGI, correspondiente al año fiscal 2015, contenida en la Resolución Jefatural Nº 0009-2014-ONAGI-J de fecha 15 de enero de 2015 y la Resolución Jefatural Nº 0477-2014-ONAGI-J de fecha 06 de agosto de 2014.

Artículo 2.- Delegar en el Secretario General (e) de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro de la Unidad Ejecutora 001: Oficina Nacional de Gobierno Interior del Pliego 071:

Oficina Nacional de Gobierno interior.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y al Secretario General (e) de la Oficina Nacional de Gobierno Interior.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LIZ KAREN ALATA RAMOS
Jefa de la Oficina Nacional de Gobierno Interior

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