9/14/2015

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 013-2015/DP Aprueban "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as,

Aprueban "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades o funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo" RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 013-2015/DP Lima, 11 de setiembre del 2015 VISTO: El Memorándum Nº 664-2015-DP/PAD mediante el cual la Primera Adjuntía solicita elaborar el proyecto de resolución por el cual se apruebe el proyecto de "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades o funciones
Aprueban "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades o funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo"
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 013-2015/DP
Lima, 11 de setiembre del 2015
VISTO:

El Memorándum Nº 664-2015-DP/PAD mediante el cual la Primera Adjuntía solicita elaborar el proyecto de resolución por el cual se apruebe el proyecto de "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades o funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo"; y,
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en los artículos 161 y 162 de la Constitución la Defensoría del Pueblo es una institución autónoma encargada de la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad así como supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía;

Que, dada la naturaleza de su quehacer supervisor y tutelar, la Defensoría del Pueblo realiza sus funciones conforme a los principios de neutralidad y equidad;

Que, el 22 de agosto de 2014, mediante Resolución Defensorial Nº 010-2014/DP, se aprobó la "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades y funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo durante los procesos electorales", cuyo objetivo fue "promover que los/las funcionarios/as, trabajadores/as y aquellos/as que desempeñen actividades o funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo cumplan adecuadamente con el deber de neutralidad respecto de los candidatos, partidos y alianzas políticas que compiten en procesos electorales";

Que, atención a las consideraciones expuestas y dada la proximidad de las elecciones generales 2016, resulta necesario aprobar normas para fortalecer la transparencia y neutralidad institucional para el adecuado cumplimiento de las funciones públicas por parte de los/las funcionarios/ as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñen 561466 NORMAS LEGALES
Lunes 14 de setiembre de 2015 / El Peruano actividades o funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo;

Con los visados de la Primera Adjuntía, del Programa de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas, de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6º y 7º literales d) y n) del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 0012-2011/DP y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial Nº 004-2011/DP;

SE RESUELVE:

Primero.- APROBAR la "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades o funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución.

Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la "Directiva sobre neutralidad de funcionarios/as, trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades y funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo durante los procesos electorales", aprobada mediante Resolución Defensorial
Nº 010-2014/DP.

Tercero.- PONER en conocimiento de todos los/las funcionarios/as, los/las trabajadores/as y de aquellos/as que desempeñan actividades y funciones en nombre de la Defensoría del Pueblo, para los fines pertinentes.

Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO VEGA LUNA
Defensor del Pueblo (e)

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