1/29/2016

RESOLUCIÓN SBS N° 497-2016 Modifican procedimientos N°s. 99 y 100 del TUPA de la Superintendencia

Modifican procedimientos Nºs. 99 y 100 del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN SBS Nº 497-2016 Lima, 28 de enero de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Nº 005-2016-DOC, relacionado con la modificación de los porcentajes del costo de tramitación de los procedimientos Nº 99 y Nº 100, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
Modifican procedimientos Nºs. 99 y 100 del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
RESOLUCIÓN SBS Nº 497-2016
Lima, 28 de enero de 2016
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTO:

El Informe Nº 005-2016-DOC, relacionado con la modificación de los porcentajes del costo de tramitación de los procedimientos Nº 99 y Nº 100, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia; y
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; el mismo que incluye procedimientos con derecho de tramitación;

Que, de acuerdo al nuevo valor de la UIT para el año 2016, aprobado por el D.S. Nº 397-2015-EF, es necesaria la revisión de los porcentajes relacionados al costo de tramitación consignados en los procedimientos Nº 99
"Acceso a la Información que posee la Superintendencia"
y Nº 100 "Acceso a la información de la Central de Riesgos de la SBS" del TUPA vigente;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, que establece que la modificación del valor de la UIT no implica la actualización automática de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA, resulta necesario revisar los porcentajes aplicados a la UIT en el cálculo del costo del derecho de tramitación de los procedimientos antes referidos;

Que, la Superintendencia Adjunta de Administración General realizó en el año 2014 una actualización de los costos para los procedimientos Nº 99 y Nº 100, por lo cual los nuevos términos porcentuales propuestos, que serán aplicados a la UIT del presente año, no deben alterar el valor nominal en Soles de los derechos de tramitación vigentes;

Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confiere el artículo 346º de la Ley Nº 26702 y al artículo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
Institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Administración General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el procedimiento Nº 99
"Acceso a la Información que posee la Superintendencia"
y el procedimiento Nº 100 "Acceso a la información de la Central de Riesgos de la SBS", del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en cuanto al porcentaje de la UIT del derecho de trámite correspondiente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Los textos de los procedimientos modificados en los artículos precedentes, que en anexos forman parte de la presente Resolución, se publicarán de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 004-2008-PCM, reglamento de la Ley Nº 29091 (Portal institucional www.sbs.gob.pe).

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e)

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