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RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN
2/06/2016
RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN
Aprueban Costos Estándares Unitarios de la Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas para la implementación y operatividad del FISE RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 003-2016-OS/GART Lima, 3 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29852 creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3º un esquema
RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 003-2016-OS/GART
Lima, 3 de febrero de 2016
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29852 creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3º un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg;
Que, las Distribuidoras Eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley Nº 29852, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento;
para tal fin, se dispone que Osinergmin establezca los costos administrativos y operativos en que incurran estas empresas para el cumplimiento de las funciones asignadas en dichas normas, debiendo estos costos ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador;
Que, mediante Resolución Osinergmin Nº 187-2014-OS/CD se aprobó la nueva norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas" (en adelante "Norma Costos FISE");
Que, de acuerdo con el Artículo 14.1 de la Norma Costos FISE, para el reconocimiento de las actividades vinculadas con el Programa FISE, con excepción del desplazamiento de personal y actividades extraordinarias, Osinergmin aprobará con una periodicidad de dos años costos estándares unitarios para cada Distribuidora Eléctrica. Agrega este dispositivo que los costos estándares unitarios considerarán las diferentes condiciones que las empresas desarrollan en sus actividades relacionadas con el Programa FISE y se estructurarán como costos eficientes que se reconocerán para cada una de dichas actividades;
Que, si bien, mediante la Resolución Nº 012-2015-OS/GART se aprobaron los costos estándares unitarios aplicables a las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del Programa FISE, conforme a lo dispuesto por el Artículo 15.2 de la Norma Costos FISE, de forma excepcional las Distribuidoras Eléctricas podrán presentar su propuesta de clasificación de Zonas de beneficiarios para nuevas localidades no consideradas, en el período en que estas se incorporen al Programa.
Que, posteriormente, mediante carta Nº 053-2014-EILHICHA, la Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas (en adelante "EILHICHA")
solicitó al Jefe del Proyecto FISE el inicio de las operaciones del programa de compensación social y promoción para el acceso al GLP en su zona de concesión, ubicado en los distritos de Chacas, Acochaca, San Luis y Yauya, provincia de Asunción y Carlos Fermín Fitzcarrald, del departamento de Ancash;
Que, seguidamente, mediante Oficio Nº 294-2014-OS-FISE, de fecha 08 de junio de 2014, emitido por el Jefe del Proyecto FISE, se aprobó el inicio del proceso de implementación del programa de compensación y promoción para el acceso al GLP de EILHICHA, en su área de concesión;
Que, mediante Memorándum Nº 170-2015-FISE, de fecha 18 de setiembre de 2015, el jefe del proyecto FISE solicitó a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de Osinergmin, que se incluya a EILHICHA
en el procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas, a fin de que se apruebe sus costos estándares unitarios, dado que en la Resolución 012 no se han aprobado costos para dicha empresa;
Que, con Oficio Nº 0926-2015-GART, de fecha 23 de setiembre de 2015, se comunicó a EILHICHA, el inicio del proceso de fijación de sus costos estándares unitarios, los mismos que serán fijados conforme a las disposiciones de la Norma Costos FISE. Asimismo, se requirió la remisión de su propuesta de costos actualizada, o precise los montos que se deben analizar a efectos de determinar sus costos estándares unitarios;
Que, mediante la Carta Nº 158-2015-EILHICHA, la empresa puso en conocimiento de Osinergmin los 577342 NORMAS LEGALES
Sábado 6 de febrero de 2016 / El Peruano formatos 13, 14A, 14B, 14C y Anexos, como sustento para la aprobación de sus costos estándares unitarios, los mismos que fueron analizados por el área técnica de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de Osinergmin;
Que, se ha revisado, validado, sistematizado, y procesado la información presentada por EILHICHA y, sobre esta base, se ha estructurado los costos estándares unitarios que le corresponden por sus actividades vinculadas al FISE;
Que, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 16.3 de la Norma Costos FISE, mediante Resolución Osinergmin Nº 130-2015-OS/GART, se dispuso la publicación en el diario oficial El Peruano y en la página web de Osinergmin, del proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE;
disponiéndose en dicha resolución un plazo de diez días hábiles para que los interesados remitieran sus opiniones y sugerencias sobre el referido proyecto;
Que, los comentarios y sugerencias presentados han sido analizados en los Informes Nº 105-2016-GART
y 106-2016-GART, habiéndose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la norma, correspondiendo la aprobación final de los Costos Estándares Unitarios;
Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 14.1 de la Norma Costos FISE, para el reconocimiento de las actividades vinculadas con el Programa FISE, con excepción de Desplazamiento de Personal y Actividades Extraordinarias, Osinergmin aprobará los Costos Estándares Unitarios de cada una de las Zonas de Atención FISE a que se refiere el Artículo 5º de la citada norma, los cuales serán aplicables a cada Distribuidora Eléctrica;
Que, finalmente se han emitido el Informe Técnico Nº 105-2016-GART y el Informe Legal Nº 106-2016-GART de la División de Distribución Eléctrica y de la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de Osinergmin, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM; y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;
SE RESUELVE
Artículo 1º.- Aprobar los Costos Estándares Unitarios de la Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas para la implementación y operatividad del FISE, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los costos estándares unitarios aprobados en la presente resolución serán actualizados de conformidad con lo establecido en el numeral II del Anexo de la Resolución Osinergmin Nº 012-2015-OS/
GART.
Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y se mantendrá vigente hasta el 15 de mayo de 2017.
Artículo 4º.- La presente resolución y su Anexo deberán ser publicados en el diario oficial El Peruano y consignados conjuntamente con los Informes Nº 105-2016-GART y Nº 106-2016-GART en la página web de
OSINERGMIN.
VICTOR ORMEÑO SALCEDO
Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria
OSINERGMIN
ANEXO
COSTOS ESTÁNDARES UNITARIOS
POR ZONA DE ATENCIÓN FISE
Zona Rural Costos Estándares Unitarios de Implementación: Zona Rural (Nuevos Soles)
FISE-14A
Empresa Costo Unitario por Costo Unitario por Empadronamiento Agente GLP
Eilhicha 4,05 199,02
Costos Estándares Unitarios Operativos - Mensual: Zona Rural (Nuevos Soles)
FISE-14B
Costo Unitario por Costo Unitario por Costo Unitario por Costo Unitario por Costo Unitario por Costo Costo Total por Empresa Impresión de Vales Reparto de Vales a Entrega de Vales Canje y Liquidación Canje de Vales Unitario Gestión Domicilio en la Distribuidora de Vales Físicos Digitales mediante por Administrativa Eléctrica Banca CelularAtención Eilhicha 0,02 0,00 0,00 0,00 0,80 0,20 4 994,30
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