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Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0083-2016-JUS Constituyen en el Ministerio el Grupo de T rabajo de
4/08/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0083-2016-JUS Constituyen en el Ministerio el Grupo de T rabajo de
Constituyen en el Ministerio el Grupo de T rabajo de naturaleza temporal, cuyo objeto es la elaboración del informe sectorial para la transferencia de gobierno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0083-2016-JUS Lima, 5 de abtril de 2016 VISTO, el Informe Nº 025-2016-OGPP/ORA de la Oficina de Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Oficio Nº 0842-2016-JUS/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 310-2016-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0083-2016-JUS
Lima, 5 de abtril de 2016
VISTO, el Informe Nº 025-2016-OGPP/ORA de la Oficina de Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Oficio Nº 0842-2016-JUS/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 310-2016-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, el Presidente de la República convocó a las Elecciones Generales del año 2016, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", que tiene como finalidad el establecer las disposiciones preventivas necesarias para el correcto, eficiente y oportuno desarrollo del proceso de transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM se aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016; cuyo objetivo es regular el procedimiento y las formalidades que deben adoptar los Ministerios y Entidades Públicas durante la transferencia de gestión al gobierno electo para el período 2016-2021;
Que, el numeral 7.1 de la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD establece que el Ministro, en su calidad de Autoridad saliente, y los Titulares de las entidades adscritas al Ministerio deben constituir formalmente sus Grupos de Trabajo con la antelación necesaria a la fecha del término del periodo de Gobierno Nacional, debiendo contar cada Grupo de Trabajo con un Presidente;
Que, el artículo 5 de los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016, aprobados por el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, establece que las entidades públicas del Poder Ejecutivo constituyen formalmente un Grupo de Trabajo encargado de elaborar un Informe para la transferencia de gestión, de acuerdo a las disposiciones específicas emitidas por la Contraloría General de la Republica;
Asimismo, el artículo 6 de la norma precitada dispone que cada Ministerio, mediante Resolución Ministerial, constituye un grupo de trabajo de naturaleza temporal, que tiene por objeto la elaboración del informe sectorial para la transferencia de gobierno; precisándose que dicho grupo forma parte de la Comisión de Transferencia de Gobierno;
Que, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo encargado de elaborar el informe sectorial para la transferencia de gobierno, a fin de garantizar un proceso ordenado y transparente de cambio de gestión;
Con la visación del Viceministro de Justicia, del Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, de la Secretaria General, del Jefe de Gabinete de Asesores, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINJUS; la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG de la Contraloría General de la República, que aprueba la Directiva Nº 003-2016-CG/ GPROD, "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional"; el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011 - 2016 y;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constitución y objeto del Grupo de Trabajo Constitúyase en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, cuyo objeto es la elaboración del informe sectorial para la transferencia de gobierno, en cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aprobadas sobre el particular.
Artículo 2.- Conformación El Grupo de Trabajo estará conformado por los siguientes miembros:
a) El/la Secretario/a General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; quien lo presidirá;
b) El/la Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; quien ejerce las funciones de Secretaría Técnica;
c) El/la Jefe/a del Gabinete de Asesores;
d) El/la Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
e) El/la Jefe/a de la Oficina General de Administración;
f) Un/a representante del Despacho del Viceministro de Justicia;
g) Un/a representante del Despacho del Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; y, h) El/la Jefe/a de la Oficina General de Tecnologías de Información.
Artículo 3.- Funciones El Grupo de Trabajo tendrá las siguientes funciones:
a) Elaborar la Memoria Sectorial.
b) Elaborar el informe para la transferencia de gestión del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.2 de la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD y los lineamientos establecidos en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM.
c) Recopilar los informes para la transferencia de gestión de las entidades adscritas al Sector para su incorporación al Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno.
d) Recopilar la información de los órganos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos así como de las entidades adscritas al Sector para la elaboración de la Memoria Sectorial.
e) Formar parte de la comisión de transferencia de gobierno de acuerdo a lo regulado por la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD de la Contraloría General de la República.
f) Elaborar un Plan de trabajo para la presentación del Informe de Transferencia de Gestión y la Memoria Sectorial.
582664 NORMAS LEGALES
Viernes 8 de abril de 2016 / El Peruano g) Realizar las acciones necesarias para cumplir con los objetivos de la presente resolución.
h) Otras que le encargue el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 4.- Instalación El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 5.- Plazo de vigencia El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo que se constituye en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, será hasta el 27 de julio 2016.
Artículo 6.- Colaboración Todas las unidades orgánicas, así como los Consejos y Comisiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, deben brindar el apoyo o información bajo su responsabilidad, en los plazos que establezca el referido Grupo para el cumplimiento de la labor encomendada.
Artículo 7.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al Presupuesto institucional correspondiente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 8.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe).
Artículo 9.- Notificación Notificar la presente Resolución a los miembros designados del Grupo de Trabajo señalados en el artículo 2, para su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALDO VÁSQUEZ RÍOS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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