4/09/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2016-MIMP Modifican la R.M. N° 011-2012-MIMDES

Modifican la R.M. Nº 011-2012-MIMDES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2016-MIMP Lima, 8 de abril de 2016 Vistos, el Memorando Nº 098-2016-MIMP/DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer y la Nota Nº 184-2016-MIMP-PNCVFS-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único
Modifican la R.M. Nº 011-2012-MIMDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2016-MIMP
Lima, 8 de abril de 2016
Vistos, el Memorando Nº 098-2016-MIMP/DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer y la Nota Nº 184-2016-MIMP-PNCVFS-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;

Que, los artículos 3, 15, 16 y 17 del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información calificada como secreta, reservada o confidencial;

Que, según lo previsto en el artículo 5 del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las entidades de la Administración Pública deben difundir, a través de su portal de internet, información acerca de sus datos generales, principalmente en lo relacionado con su organización, organigrama, procedimientos, marco legal, entre otros aspectos, y en igual forma en lo referido a materia presupuestal, adquisiciones de bienes y servicios, actividades oficiales de sus altos funcionarios, así como respecto a toda aquella información adicional que considere pertinente la entidad;

Que, de acuerdo con los artículos 3 y 5 aludidos, la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada y, a su vez, identificará a aquel responsable de la elaboración de los portales de internet, respectivamente;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 01 1-2012-MIMDES, se designó a el/la Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, como funcionario/a responsable de la elaboración y actualización del portal de internet, y a el/la Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, como funcionario/a responsable de brindar la información pública solicitada a dicho Programa Nacional;

Que, a través del Informe Nº 012-2016-MIMP-PNCVFS/ UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y del Informe Nº 121-2016-MIMP-PNCVFS-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS ha sustentado la pertinencia de modificar los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 011-2012-MIMDES, en lo que respecta a la designación de los funcionarios responsables de elaborar el portal de internet y de entregar la información pública solicitada, en lo relacionado con el ámbito de dicho Programa Nacional;

Que, en consecuencia, es necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 011-2012-MIMDES, y designar a los nuevos funcionarios responsables de elaborar el portal de internet y entregar la información pública solicitada al Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y la Resolución Ministerial Nº 134-2015-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 011-2012-MIMDES, los cuales quedarán redactados en los siguientes términos:
"Artículo 2.- Designar a el/la Director/a II de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como funcionario/a responsable de la elaboración y actualización del portal de internet de dicho Programa Nacional en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM.

Artículo 3.- Designar a el/la Director/a II de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como funcionario/a responsable de brindar la información pública solicitada a dicho Programa Nacional en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM."
Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCELA HUAITA ALEGRE
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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