4/09/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2016-MEM/DM Autorizan funcionamiento del aplicativo informático

Autorizan funcionamiento del aplicativo informático denominado "Sistema de Evaluación de Coordenadas - SEC", para la presentación de solicitudes que evalúa la Dirección General de Electricidad o los Gobiernos Regionales, en las cuales se exija presentar las coordenadas UTM que delimitan las zonas de interés RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2016-MEM/DM Lima, 6 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, es responsabilidad del Ministerio de Energía y Minas brindar facilidades a los administrados de cualquier punto del país
Autorizan funcionamiento del aplicativo informático denominado "Sistema de Evaluación de Coordenadas - SEC", para la presentación de solicitudes que evalúa la Dirección General de Electricidad o los Gobiernos Regionales, en las cuales se exija presentar las coordenadas UTM que delimitan las zonas de interés
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2016-MEM/DM
Lima, 6 de abril de 2016
CONSIDERANDO:

Que, es responsabilidad del Ministerio de Energía y Minas brindar facilidades a los administrados de cualquier punto del país para la presentación de solitudes relacionadas con los procedimientos administrativos que están a cargo de la Dirección General de Electricidad (en adelante, DGE) o Gobiernos Regionales (en adelante, GOREs);

Que, las solicitudes que evalúa la DGE o los GOREs consideran como uno de los requisitos la presentación por parte de los administrados, de las coordenadas geográficas que delimiten la zona de interés solicitada;

Que, la zona de interés delimitada por las coordenadas que presenta el administrado pueden tener confl icto de límites con otras autorizaciones o concesiones ya otorgadas, comunidades campesinas, comunidades nativas o áreas naturales protegidas, por lo cual, es conveniente que el administrado pueda tener la posibilidad verificar previamente, la existencia o no de los citados confl ictos;

Que, el artículo 6 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas establece un Registro Único de Concesiones Eléctricas a nivel nacional, en el cual se inscriben las concesiones otorgadas y las solicitudes en trámite presentadas ante el Ministerio y los Gobiernos Regionales;

Que, una herramienta del citado Registro Único de Concesiones Eléctricas es el aplicativo informático denominado "Sistema de Evaluación de Coordenadas - SEC", el mismo que permitirá al administrado realizar la verificación previa de las coordenadas geográficas que delimiten la zona de interés a que se refiere el tercer considerando;

Que, la verificación previa efectuada por el administrado, de no presentar ningún confl icto de límites, quedará registrada en el aplicativo informático SEC, evitando el tiempo de transcripción de información y agilizando la evaluación de los requisitos de las respectivas solicitudes;

582736 NORMAS LEGALES
Sábado 9 de abril de 2016 / El Peruano Que, el SEC permitirá reducir los tiempos para la evaluación de las solicitudes que atiende la DGE o los GOREs, mejorando la calidad del servicio;

De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, aprobada por el Decreto Ley Nº 25962, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el funcionamiento del aplicativo informático denominado "Sistema de Evaluación de Coordenadas - SEC", que será de uso obligatorio a cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, interesada en presentar una solicitud que evalúa la Dirección General de Electricidad o los Gobiernos Regionales, en la cual se exija presentar las coordenadas UTM que delimitan la zona de interés.

Artículo 2.- La Dirección General de Electricidad será la encargada de implementar el aplicativo informático denominado "Sistema de Evaluación de Coordenadas - SEC", a fin de que sea utilizado tanto por los administrados como por la Administración.

Artículo 3.- La Dirección General de Electricidad realizará las gestiones necesarias, a fin de incluir en el requisito que corresponda del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, la indicación para el uso obligatorio del citado aplicativo informático.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ DAVID GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado del Despacho del MInisterio de Energía y Minas

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