5/16/2016

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 099-2016-SERFOR-DE Rectifican de oficio error material

Rectifican de oficio error material incurrido en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 099-2016-SERFOR-DE Lima, 11 de mayo de 2016 VISTO: La Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público
Rectifican de oficio error material incurrido en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 099-2016-SERFOR-DE
Lima, 11 de mayo de 2016
VISTO:

La Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE, se designa a la señora Martha Cuba Cronkleton en el cargo de Directora de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR;

Que, se ha advertido que en la mencionada Resolución se denomina erróneamente a la señora Martha Cuba Cronkleton, cuando sus datos personales que obran en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -
RENIEC indican que su nombre es Martha Carolina Cuba Villafuerte de Cronkleton;

Que, el artículo 201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; asimismo, establece que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, siendo que el error en que se ha incurrido en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE constituye un error material que no altera lo sustancial 587398 NORMAS LEGALES
Lunes 16 de mayo de 2016 / El Peruano de su contenido, corresponde su rectificación, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27444;

Con el visado del Secretario General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectificar de oficio el error material incurrido en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE, en el extremo del nombre de la servidora designada que dice "Martha Cuba Cronkleton", debe decir "Martha Carolina Cuba Villafuerte de Cronkleton".

Artículo 2.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 070-2016-SERFOR-DE.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la señora Martha Carolina Cuba Villafuerte de Cronkleton y a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.