5/03/2016

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 107-2016/SIS

Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 107-2016/SIS Lima, 28 de abril de 2016 VISTOS: El Informe Nº 025-2016-SIS-GNF-SGF-MLR con Proveído Nº 309-2016-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 008-2016-SIS-OGTI-US/ISLM con Proveído Nº 153-2016-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Memorando Nº 227-2016-SIS/OGPPDO de la
Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 107-2016/SIS
Lima, 28 de abril de 2016
VISTOS: El Informe Nº 025-2016-SIS-GNF-SGF-MLR
con Proveído Nº 309-2016-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 008-2016-SIS-OGTI-US/ISLM con Proveído Nº 153-2016-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Memorando Nº 227-2016-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 033-2016-SIS/OGAJ-EBH con Proveído Nº 407-2016-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios, así como, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS
requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3)
años renovables;

Que, mediante "Convenio de Prestación de Servicios celebrado entre el Seguro Integral de Salud y el Banco de la Nación", suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, acordaron que el Banco a través de toda su red de oficinas a nivel nacional brinde el servicio integral de pago de subsidio por gastos de sepelio que otorga el SIS al fallecimiento de un asegurado, el mismo que se encuentra vigente por la renovación automática del plazo por períodos anuales, pactada por las partes;

Que, el Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autorizó al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa en su artículo 2 que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la Prestación Económica de Sepelio a nivel nacional;

Que, conforme al numeral 6.2.2.3 de la Directiva Administrativa Nº 001-2016/SIS/GNF-V.01, "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", aprobada por Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, dispone que "La OGAR efectúa las fases para el trámite de pago (Compromiso, Devengado y Girado) de la PES. Emite la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta corriente pagadora de la entidad bancaria, de acuerdo a los procedimientos establecidos en el SIS.";

Que, con Memorando Nº 227-2016-SIS/OGPPDO la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nota Nº 475-2016 y Nota Nº 476-2016 para el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional del mes de abril de 2016, con cargo a las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente;

Que, mediante el Informe Nº 025-2016-SIS-GNF-SGF-MLR con Proveído Nº 309-2016-SIS-GNF de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la viabilidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas de sepelio, correspondientes al mes de abril de 2016;

Con el visto bueno del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de CINCO millones CIENTO CUARENTA mil cATORCE SOLES, (S/. 5,140,014.00) con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de abril de 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios S/. 5,120,664.00
09-Recursos Directamente Recaudados S/. 19,350.00
TOTAL S/. 5,140,014.00
Artículo 2.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y la coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información para su publicación en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO CARLOS ROMERO ONOFRE
Jefe (e) del Seguro Integral de Salud

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