5/10/2016

RESOLUCIÓN N° 0321-2016/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN Nº 0321-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 21 de abril de 2016 Visto el Expediente Nº 290-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 37 194,71 m², ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano La Cantina, a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (Tramo Carrizal - Casa Blanca), distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional

RESOLUCIÓN Nº 0321-2016/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 21 de abril de 2016
Visto el Expediente Nº 290-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 37 194,71
m², ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano La Cantina, a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (Tramo Carrizal - Casa Blanca), distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno 37 194,71 m², ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano La Cantina a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (Tramo Carrizal - Casa Blanca), distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral Nº VII - Oficina Registral de Casma remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 28 de diciembre de 2015
sobre la base del Informe Técnico Nº 1217-2015-Z.R.Nº VII/OC-HZ de fecha 21 de diciembre de 2015 (folio 04), donde señala que no existe superposición gráfica con predios inscritos;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 08 de marzo de 2016 (folio 09) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, con composición de suelo arenosa con afl oramiento rocoso, topografía con pendiente entre 11% a 20% aproximadamente, a la fecha de la inspección se encontraba desocupado;

Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado;

Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 37 194,71 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0459-2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 15 de abril de 2016 (folio 10 y 11);

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 37 194,71
m², ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano La Cantina a 500 metros aproximadamente de la margen derecha de la vía vecinal AN-649 (Tramo Carrizal - Casa Blanca), distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Oficina Registral de Casma de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma.

Regístrese y publíquese.-CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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