5/11/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 156-2016-IN

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2016-IN Lima, 10 de mayo de 2016 VISTOS; el mensaje con referencia EX - 21.610/14/U.D.I./G.9/VF, de fecha 20 de abril de 2016, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Nº 1333-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 27 de abril de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 025-2015-JUS, de fecha 5 de febrero de 2015, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2016-IN
Lima, 10 de mayo de 2016
VISTOS; el mensaje con referencia EX - 21.610/14/U.D.I./G.9/VF, de fecha 20 de abril de 2016, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Nº 1333-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 27 de abril de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Suprema Nº 025-2015-JUS, de fecha 5 de febrero de 2015, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Arturo Joel Delgado Yactayo, formulada por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que sea procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual - Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor con identidad reservada, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso;

Que, mediante mensaje con referencia EX - 21.610/14/U.D.I./G.9/VF, de fecha 20 de abril de 2016, la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires informó a la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Lima que, la Cancillería Argentina y el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nro. 02 de Lomas de Zamora, concedieron definitivamente la extradición del ciudadano peruano Arturo Joel Delgado Yactayo; motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, hacia territorio peruano;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 136-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 25 de abril de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 13 al 17 de mayo de 2016, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Humberto Benancio Cisneros y del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Manuel Antonio López Ramírez, para que ejecuten la extradición activa antes mencionada;

Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 1333-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 27 de abril de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del 13 al 17 de mayo de 2016, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Humberto Benancio Cisneros y del Suboficial de Tercera de la Policía 586780 NORMAS LEGALES
Miércoles 11 de mayo de 2016 / El Peruano Nacional del Perú Manuel Antonio López Ramírez, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Días Pers. Total US$
Viáticos 370.00 5 X 2 = 3,700.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior

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