10/08/2016

RESOLUCIÓN N° 110-2016-P-CO-UNIQ Aprueban el inicio del Proceso de Planeamiento Estratégico de la

Aprueban el inicio del Proceso de Planeamiento Estratégico de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba en la Fase Institucional UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA RESOLUCIÓN Nº 110-2016-P-CO-UNIQ Quillabamba, 16 de setiembre del 2016 VISTO, El INFORME Nº 012-2016 - UNIQ/CO-P/OPP , de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 15 de setiembre del 2016; y, 601098 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria,
Aprueban el inicio del Proceso de Planeamiento Estratégico de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba en la Fase Institucional UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA
RESOLUCIÓN Nº 110-2016-P-CO-UNIQ
Quillabamba, 16 de setiembre del 2016
VISTO, El INFORME Nº 012-2016 - UNIQ/CO-P/OPP , de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 15 de setiembre del 2016; y, 601098 NORMAS LEGALES
Sábado 8 de octubre de 2016 / El Peruano
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, establece que la Universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia que brinda formación humanista, científica y tecnológica integrada por docentes, estudiantes y graduados, gozando de autonomía académica, económica, normativa, de gobierno y administrativa, conforme a la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable.

Que, la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, creada por Ley Nº 29620, se encuentra en proceso de constitución bajo la dirección de la Comisión Organizadora designada por Resolución Vice Ministerial Nº 041-2015-MINEDU, de fecha 25 de julio del 2015.

Que, el artículo 29 de la Ley universitaria 30220 en su segundo párrafo establece que la Comisión Organizadora "tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno", le correspondan de acuerdo a ley.

Que, conforme lo establece el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, dicha entidad se constituye en el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 054 - 2011- PCM, que aprueba el "Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021", dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el citado Plan;

Que, por Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU, se aprueba el Documento Prospectivo al 2030 del Sector Educación y Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021, disponiendo que los órganos desconcentrados, programas y proyectos, efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-201 del Sector Educación;

Que, el artículo 13 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN
"Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD y modificada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 107-2014-CEPLAN/PCD y 042-2016-CEPLAN/ PCD, denota que la culminación de la Fase Estratégica es condición previa al inicio de la Fase Institucional, y el artículo 32 establece que en la Fase Estratégica del Planeamiento Estratégico para los sectores se desarrolla el PESEM; y, el artículo 36 establece que en la Fase Institucional del Planeamiento Estratégico se desarrollan el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional;

Que, el artículo 6 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, considera la designación de la Comisión de Planeamiento Estratégico y el articulo 8 establece el carácter temporal de la Comisión de Planeamiento Estratégico, mientras dure la elaboración del documento correspondiente;

Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 010-2016-CEPLAN/PCD el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN aprueba la Guía Metodológica Fase Institucional del Proceso de Planeamiento Estratégico y establece que la Aprobación del inicio del Proceso de Planeamiento y la Designación de la Comisión y el Equipo Técnico de la Fase Institucional del Proceso de Planeamiento Estratégico corresponden como paso 1 y paso 2 de la Etapa Preparatoria de la Fase Institucional, los cuales son responsabilidad del órgano resolutivo de la entidad;

Que, mediante documentos de visto, la Oficina Planeamiento y Presupuesto solicita la aprobación del inicio del Proceso de Planeamiento Estratégico en su Fase Institucional, y la conformación de la Comisión y del Equipo Técnico de la Fase Institucional del Proceso de Planeamiento Estratégico;

Con las visaciones de los Jefes de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica y Secretaria General; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 30220, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y la Directiva Nº 001 - 2014- CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el inicio del Proceso de Planeamiento Estratégico de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba en la Fase Institucional.

Artículo 2º.- Conformar la "Comisión de Planeamiento Estratégico Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba en la Fase Institucional", de naturaleza temporal, la misma que constituye la máxima instancia de Planeamiento Estratégico de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, durante el periodo de formulación del Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 y Plan Operativo Institucional POI 2017,y está conformada por:

NOMBRES Y
APELLIDOS
CARGO CONDICION
Amanda Rosa Maldonado Farfán Vicepresidenta Académica Presidente Francisco Domingo Alejo Zapata Vicepresidente de Investigación Miembro Cesar Cornejo Zavaleta Secretario General Miembro León Rosales Conde Decano de la Facultad de Ing.

Agronómica Tropical, Ing. de Alimentos, Ing. Civil y Ecoturismo Miembro Lucio Córdova Mendoza Director General de Administración Miembro Carla Alejandra Berrios Delgado Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Secretaria Técnica Artículo 3º.- Designar "Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico de la Fase Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba";
integrado por:

NOMBRES Y
APELLIDOS
DEPENDENCIA CONDICION
Cesar Cornejo Zavaleta Secretaria General Miembro Hugo Cancapa Málaga Asesoría Legal Miembro Enrique Rosell Aedo Dirección de Servicios Académicos Miembro Marco Chalco de la Cuba Dirección de Calidad Académica Miembro María Elena Chuspe Sanz Dirección de Gestión de Investigación Miembro Sergio Alejandro Meza Alarcón Oficina de Programación e Inversiones Miembro Lucio Córdova Mendoza Dirección General de Administración Miembro Rolando Ttito Figueroa Unidad de Estudios y Proyectos de Inversión Miembro Grimaldo Camasa Molina Unidad de Abastecimientos y Ss.

Generales Miembro Haidee Vargas Aimituma Unidad de Recursos Humanos Miembro Cesar del Solar Meza Unidad de Infraestructura Miembro Carla Alejandra Berrios Delgado Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Coordinación y Secretaria Técnica Raúl Soto Palomino Jefe de Unidad de Presupuesto 601099 NORMAS LEGALES
Sábado 8 de octubre de 2016
El Peruano / El Equipo Técnico culmina sus funciones una vez aprobados el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019
y Plan Operativo Institucional POI 2017 de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba.

Artículo 4º.- Remitir la presente Resolución al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN y a los miembros de la Comisión y Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba en la Fase Institucional", para los fines pertinentes.

Artículo 5º.- Encargar a la Unidad de Relaciones Públicas e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y el portal electrónico de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JULIO WALTER OLARTE HURTADO
Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba

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