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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0614-2016-MINAGRI Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos
12/23/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0614-2016-MINAGRI Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos
Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0614-2016-MINAGRI Lima, 20 de diciembre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 2753-2016-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2010-AG, se
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0614-2016-MINAGRI
Lima, 20 de diciembre de 2016
VISTO:
El Oficio Nº 2753-2016-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2010-AG, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -
SENASA, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0124-2012-AG y 0564-2016-MINAGRI;
Que, el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece como uno de los principios del procedimiento administrativo, el principio de simplicidad, por el cual los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir;
Que, el numeral 36.3 del artículo 36, en concordancia con el numeral 38.5 del artículo 38 de la acotada Ley Nº 27444, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse, entre otros, por Resolución Ministerial; señala también que toda modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que no implique la creación de 607491 NORMAS LEGALES
Viernes 23 de diciembre de 2016
El Peruano / nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, entre otros, por Resolución Ministerial del Sector;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1246, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de noviembre de 2016, se aprobaron diversas medidas de simplificación administrativa, entre ellas, la prohibición de la exigencia de cierta documentación a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo, cuando dicha información pueda ser verificada por la entidad a través del respectivo portal institucional, o en registros de libre acceso a través de internet u otro medio de comunicación pública, lo que conlleva a la modificación de los Procedimientos Administrativos del TUPA;
Que, con Oficio Nº 0349-2016-MINAGRI-SENASA, el Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -
SENASA, ha propuesto la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de dicha entidad, a fin de simplificar seis (06) de sus procedimientos administrativos, acompañando el Informe
Nº 0009-2016-SENASA-OPDI-UGCA-MOLAGUIBEL
y el Informe Nº 0224-2016-MINAGRI-SENASA-OAJ-JTRIVELLI, ambos de fecha común el 06 de diciembre de 2016, mediante los cuales las Oficinas de Planificación y Desarrollo Institucional, y de Asesoría Jurídica, respectivamente, emiten opinión favorable;
Que, la propuesta del SENASA, considera la modificación del procedimiento administrativo contenido en el numeral 03 del Rubro Cuarentena Vegeta l- Importaciones y Tránsito, respecto a su base legal y denominación, en virtud a que mediante el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 015-2015-MINAGRI, se crea el procedimiento de "Autorización de Almacén para Guarda Custodia", no sólo para productos vegetales, sino también para plaguicidas de uso agrícola y productos veterinarios, manteniéndose sus requisitos, con excepción del referido a la copia simple de documento que pruebe la propiedad o alquiler del almacén. En el Anexo 1 Formato TUPA, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, que adjunta, se detalla la referida modificación;
Que, por otro lado y, en el marco de la simplificación administrativa dispuesta mediante Decreto Legislativo Nº 1246, el SENASA solicita la modificación del TUPA de la entidad, en lo que respecta a la eliminación de siete (07)
requisitos en seis (06) Procedimientos Administrativos de los siguientes Rubros:
I. Rubro Cuarentena Vegetal - Importaciones y Tránsito Internacional:
1) Se elimina el requisito de copia simple del documento que pruebe la propiedad o alquiler del almacén, en el Procedimiento Administrativo signado con el Nº 03 denominado "Autorización Sanitaria de Almacén para Guarda Custodia".
II. Rubro Control y Erradicación de Enfermedades -
Sanidad Avícola:
2) Se elimina el requisito de copia del título profesional y certificado de habilidad del profesional responsable, en el Procedimiento Administrativo signado con el Nº 03 denominado "Autorización Sanitaria de Apertura y Funcionamiento de Plantas de Incubación y Granjas avícolas, Centros de Acopio y Faenamiento o renovación".
III. Rubro Control y Erradicación de Enfermedades -
Sanidad Porcina:
3) Se elimina el requisito de Declaración Jurada indicando: Actividades a realizarse en la granja. Nombre del conductor o responsable de la granja porcina, indicando número de su Documento Nacional de Identidad en el Procedimiento Administrativo signado con el Nº 02
denominado "Autorización Sanitaria de funcionamiento de Granjas Porcinas o renovación".
4) Se elimina el requisito de constancia de habilidad expedida por el Colegio Médico Veterinario del Perú, en el Procedimiento Administrativo signado con el Nº 08
denominado "Autorización de profesionales de actividad privada, técnicos o promotores agropecuarios y entidades públicas para realizar servicios de prevención oficial contra las enfermedades comprendidas en el sistema sanitario porcino".
5) Se elimina el requisito de copia del título profesional para profesionales afines, técnicos, agropecuarios y promotores agropecuarios, en el Procedimiento Administrativo signado con el Nº 08 denominado "Autorización de profesionales de actividad privada, técnicos o promotores agropecuarios y entidades públicas para realizar servicios de prevención oficial contra las enfermedades comprendidas en el sistema sanitario porcino".
IV. Rubro Insumos Pecuarios:
6) Se elimina el requisito de Contrato de autorización o certificado de representante autorizado, legalizado con la empresa fabricante o elaboradora del o de los productos veterinarios, en el Procedimiento Administrativo signado con el Nº 06 denominado "Registro de fabricante o elaborador, comercializador, importador o exportador de Productos de uso veterinario, Alimentos para animales o su renovación".
7) Se elimina el requisito de Certificado de habilidad expedido por el Colegio Médico Veterinario del Perú en el Procedimiento Administrativo signado con el Nº 10
denominado "Registro de Profesional Responsable de Envasador de Productos de Uso Veterinario."
Que, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante Informe Técnico Nº 098-2016-MINAGRI-ODOM/ OGPP, ha emitido opinión favorable sobre la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, por lo que debe procederse a formalizar la modificación planteada;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley Nº 30048; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Legislativo Nº 1246;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA
Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2010-AG, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0124-2012-AG y 0564-2016-MINAGRI, en lo referente a la base legal, denominación y simplificación del Procedimiento Administrativo signado con el Nº 03, del Rubro Cuarentena Vegetal - Importaciones y Tránsito; así como en lo referente a la simplificación de los Procedimientos Administrativos signados con el Nº 03 del Rubro Control y Erradicación de Enfermedades -
Sanidad Avícola; con el Nº 02 y Nº 08 del Rubro Control y Erradicación de Enfermedades - Sanidad Porcina; y, con el Nº 6 y Nº 10 del Rubro Insumos Pecuarios, que en Anexo 1 Formato TUPA, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- De la actualización de los Formularios Actualizar los Formularios del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en virtud a la simplificación de los Procedimientos Administrativos señalados en el artículo 1 precedente, con excepción del que corresponde al Procedimiento Administrativo Nº 06 del Rubro Insumos Pecuarios, y que en Anexo 2, forman parte integrante de la presente Resolución.
607492 NORMAS LEGALES
Viernes 23 de diciembre de 2016 / El Peruano Artículo 3.- De la publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, conjuntamente con el Anexo Formato TUPA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, se publicarán en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA (www.senasa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego
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