2/23/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0151/RE-2017 Nombran Directores de las Oficinas Desconcentradas del

Nombran Directores de las Oficinas Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores en las ciudades de Tacna, Trujillo, Piura, Iquitos y Puno, de los departamentos de T acna, La Libertad, Piura, Loreto y Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0151/RE-2017 Lima, 21 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N.º 020-2002-RE se crean las Oficinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores como órganos que impulsarán la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del
Nombran Directores de las Oficinas Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores en las ciudades de Tacna, Trujillo, Piura, Iquitos y Puno, de los departamentos de T acna, La Libertad, Piura, Loreto y Puno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0151/RE-2017
Lima, 21 de febrero de 2017
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N.º 020-2002-RE
se crean las Oficinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores como órganos que impulsarán la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial y el aprovechamiento eficiente en las zonas concernidas de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país;

Que, por necesidad del Servicio, se requiere nombrar a los Directores de las Oficinas Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores en las ciudades de:

Tacna, Departamento de Tacna; Piura, Departamento de Piura; Trujillo, Departamento de La Libertad; Iquitos, Departamento de Loreto; y, Puno, Departamento de Puno;

Que, mediante Resolución Ministerial N.º 1072-2015-RE, de 13 de noviembre de 2015, se aprobó el "Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de Relaciones Exteriores" en la cual se encuentra comprendido el cargo denominado "Director de la Oficina Desconcentrada", documento de gestión que contempla los cargos y denominación que requiere la entidad;

De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y modificatorias; el Decreto Supremo N.º 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias;
el Decreto Supremo N.º 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.º 020-2002-RE; el Decreto Supremo N.º 181-2002/EF; la Resolución Ministerial N.º 0579-2002-RE y modificatoria; y, la Resolución Ministerial N.º 1072-2015-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Nombrar a los siguientes funcionarios diplomáticos en los cargos de Directores de las Oficinas Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Yván Rafael Solari Calvo, Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Tacna, Departamento de Tacna.
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Jorge Ismael León Collantes, Director de 38 NORMAS LEGALES
Jueves 23 de febrero de 2017 / El Peruano la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Trujillo, Departamento de La Libertad.
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio César Cadenillas Londoña, Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Piura, Departamento de Piura.
- Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Julio Guiliano Prieto Chávez, Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos, Departamento de Loreto.
- Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Iván Alexander Silva Rivera, Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Puno, Departamento de Puno.

Artículo 2.- Las fechas en que los citados funcionarios diplomáticos deberán asumir funciones como Directores de las Oficinas Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores citadas, serán fijadas por Resolución Viceministerial.

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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